Ministerio de Educación, Formación Profesional y DeportesV. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Planes de estudios. (BOE-B-2024-40684)
Extracto de la Resolución de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes (CSD) de 08 de noviembre de 2024, por la que se convocan ayudas para el fomento del asociacionismo en el ámbito del fútbol para el 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 271
Sábado 9 de noviembre de 2024
Sec. V-B. Pág. 63433
Las solicitudes se presentarán según el modelo existente en la sede
electrónica del CSD (https://sede.csd.gob.es, en Catálogo de trámites, "715999 Ayudas para la promoción del movimiento asociativo".
Quinto. Otros datos administrativos y justificación.
El órgano instructor del procedimiento es la Dirección General de Deportes,
conforme a lo dispuesto en el artículo 8.4b) del Real Decreto 460/2015, de 5 de
junio por el que se aprueba el Estatuto del CSD.
El pago de las ayudas destinadas al fomento del asociacionismo se efectuará
directamente a las entidades beneficiarias desde el CSD tan pronto concurran en
los beneficiarios todos los requisitos exigidos en la presente convocatoria.
La justificación de las subvenciones por parte de los beneficiarios se realizará
mediante cuentas justificativas estructuradas de conformidad con lo previsto en la
base Decimocuarta, punto 3, de la Orden ECD/2681/2012, de 12 de diciembre, por
la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones y
ayudas por el CSD, y con lo establecido en la convocatoria y en la Guía de
Presupuestación y Justificación del CSD.
Madrid, 8 de noviembre de 2024.- El Presidente del Consejo Superior de
Deportes, José Manuel Rodríguez Uribes.
cve: BOE-B-2024-40684
Verificable en https://www.boe.es
ID: A240051113-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 271
Sábado 9 de noviembre de 2024
Sec. V-B. Pág. 63433
Las solicitudes se presentarán según el modelo existente en la sede
electrónica del CSD (https://sede.csd.gob.es, en Catálogo de trámites, "715999 Ayudas para la promoción del movimiento asociativo".
Quinto. Otros datos administrativos y justificación.
El órgano instructor del procedimiento es la Dirección General de Deportes,
conforme a lo dispuesto en el artículo 8.4b) del Real Decreto 460/2015, de 5 de
junio por el que se aprueba el Estatuto del CSD.
El pago de las ayudas destinadas al fomento del asociacionismo se efectuará
directamente a las entidades beneficiarias desde el CSD tan pronto concurran en
los beneficiarios todos los requisitos exigidos en la presente convocatoria.
La justificación de las subvenciones por parte de los beneficiarios se realizará
mediante cuentas justificativas estructuradas de conformidad con lo previsto en la
base Decimocuarta, punto 3, de la Orden ECD/2681/2012, de 12 de diciembre, por
la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones y
ayudas por el CSD, y con lo establecido en la convocatoria y en la Guía de
Presupuestación y Justificación del CSD.
Madrid, 8 de noviembre de 2024.- El Presidente del Consejo Superior de
Deportes, José Manuel Rodríguez Uribes.
cve: BOE-B-2024-40684
Verificable en https://www.boe.es
ID: A240051113-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X