Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y CooperaciónV. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Planes de estudios. (BOE-B-2024-40678)
Extracto de la Resolución de 7 de noviembre de 2024, de la Secretaría de Estado de Cooperación Internacional, por la que se convocan subvenciones, correspondientes al año 2024, para la realización de actividades en el marco del Plan Director de la Cooperación Española a fundaciones y asociaciones dependientes de partidos políticos con representación parlamentaria en el ámbito estatal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 271

Sábado 9 de noviembre de 2024

Sec. V-B. Pág. 63424

Dichas actividades podrán incluir acciones de formación, asesoramiento,
análisis y debate que refuercen la contribución de dichas fundaciones y
asociaciones a la consecución a nivel internacional de las metas señaladas,
siempre dentro del marco del impulso de la Agenda 2030, del derecho
internacional de los derechos humanos y de la promoción de sistemas
democráticos, participativos e inclusivos.
Quedarán excluidos de la fase de valoración aquellos proyectos o actividades
no directamente vinculados al objeto de las subvenciones mencionado en este
apartado.
Tercero. Bases reguladoras.
Orden AEC/1510/2012, de 21 de junio, reguladora de las bases para la
concesión de subvenciones para la realización de actividades en el marco del Plan
Director de la Cooperación española a fundaciones y asociaciones dependientes
de partidos políticos con representación parlamentaria en el ámbito estatal,
publicada en el BOE n.º 166, de 12 de julio de 2012, y a la que se puede acceder
en la siguiente URL: https://www.boe.es/eli/es/o/2012/06/21/aec1510
Cuarto. Cuantía.
El crédito para la financiación de estas subvenciones asciende a 800.000
euros. La cuantía a conceder a cada solicitante no podrá ser superior a 500.000
euros.
Quinto. Plazo y forma de presentación de candidaturas.
Veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del
presente extracto en el Boletín Oficial del Estado.
Las solicitudes irán dirigidas a la Secretaría de Estado de Cooperación
Internacional, y se presentarán por medios electrónicos a través de la sede
electrónica del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
(https://sede.maec.gob.es), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Sexto. Otros datos.
Las solicitudes se puntuarán teniendo en cuenta la valoración técnica del
proyecto y la representación parlamentaria en el Congreso de los Diputados y en el
Senado que tenga el partido político de quien depende la fundación o asociación
en el momento de publicación de esta convocatoria.

1) Contenido del proyecto y de cada una de sus actividades
2) Calidad de la propuesta
3) Coherencia con el Plan Director de la Cooperación Española vigente
El resultado total de la valoración técnica se multiplicará por el número total de
escaños obtenidos en el Congreso de los Diputados y en el Senado por el partido

cve: BOE-B-2024-40678
Verificable en https://www.boe.es

Los proyectos se valorarán desde el punto de vista técnico de acuerdo a los
siguientes criterios: