Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2024-23240)
Resolución de 29 de octubre de 2024, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, de plaza de personal laboral, categoría Titulado Grado Medio de Servicios Técnicos de Obras, Equipamiento y Mantenimiento.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 8 de noviembre de 2024

Sec. II.B. Pág. 142711

8.4 Las personas aspirantes serán convocadas para cada ejercicio en único
llamamiento, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los
casos de fuerza mayor, debidamente justificados y apreciados por el Tribunal. El orden
de actuación de los mismos se iniciará según la ordenación alfabética resultante del
listado de aspirantes admitidos, por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra
que corresponda, al día de publicación de la presente convocatoria, atendiendo al sorteo
realizado anualmente por la Administración General del Estado.
8.5 Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa
de embarazo de riesgo o parto, debidamente acreditado, su situación quedará
condicionada a la finalización del mismo y a la superación de las fases que hayan
quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el
derecho del resto de las personas aspirantes a una resolución del proceso ajustada a
tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal y, en todo caso, la
realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes
que han superado el proceso selectivo.
8.6 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento
de que alguna de las personas aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos
por la presente convocatoria, previa audiencia de la persona interesada, deberá
proponer su exclusión al Rector de la Universidad de Cádiz, comunicándole, asimismo,
las inexactitudes o falsedades formuladas por el/la aspirante en la solicitud de admisión a
las pruebas selectivas, a los efectos procedentes.
8.7 Contra la resolución de exclusión, que ultima la vía administrativa, podrá
interponerse recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, ante el Rector de
la Universidad de Cádiz, de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o bien, recurso
contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante el órgano competente,
conforme a lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
9.

Resultados

9.1 Tras la realización de cada ejercicio, el Tribunal hará público en la página Web
del área de Personal (https://personal.uca.es/convocatoria-pas/), el acuerdo con la
relación provisional de calificaciones del ejercicio. Contra dicho acuerdo se podrá
presentar reclamación en el plazo de cinco días hábiles, mediante Instancia Genérica de
la Sede Electrónica de la Universidad de Cádiz dirigida al área de Personal, que será
resuelta por el Tribunal mediante acuerdo definitivo. En caso de no presentarse
reclamación, el acuerdo provisional devendrá automáticamente en definitivo.
9.2 Una vez finalizada la fase de oposición, el Tribunal hará público el acuerdo con
el listado provisional de valoración de la fase de concurso de aquellas personas
aspirantes que hayan superado aquélla pudiendo publicarse simultáneamente a la del
resultado del último ejercicio de la fase de oposición. Contra este acuerdo se podrá
presentar reclamación en el plazo de cinco días hábiles que serán resueltas por el
Tribunal mediante acuerdo definitivo. En caso de no presentarse reclamación, el acuerdo
provisional devendrá automáticamente en definitivo.
9.3 Una vez finalizada la valoración del proceso selectivo, el Tribunal hará público
el acuerdo por el que se publica el listado de aspirantes que han superado el mismo, sin
que su número pueda superar el de plazas convocadas. En el supuesto de que ninguna
de las personas aspirantes superase el proceso selectivo por el cupo de discapacidad y
sistema de promoción interna, se procederá a la cobertura de la plaza mediante el cupo
general y sistema de promoción interna. En el supuesto de que ninguna persona
aspirante superase el proceso selectivo por el sistema de promoción interna, se
procederá a la cobertura de la plaza por el sistema de turno libre al que podrán acceder
únicamente las personas candidatas incluidas en el listado definitivo de dicho proceso
publicado de acuerdo con el punto 4 de las presentes bases.

cve: BOE-A-2024-23240
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Núm. 270