Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2024-23240)
Resolución de 29 de octubre de 2024, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, de plaza de personal laboral, categoría Titulado Grado Medio de Servicios Técnicos de Obras, Equipamiento y Mantenimiento.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 8 de noviembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 142706
nacionalidad española o de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que
no estén separadas de derecho, así como a sus descendientes y a los de su cónyuge,
siempre que no estén separadas de derecho, sean menores de veintiún años o mayores
de dicha edad dependientes. Igualmente se entenderá a las personas incluidas en el
ámbito de aplicación de los Tratados internacionales celebrados por la Comunidad
Europea y ratificados por España, en los que sea de aplicación la libre circulación de
trabajadores. Las personas extranjeras residentes en España podrán acceder en
igualdad de condiciones que las nacionales de los Estados miembros de la Unión
Europea como personal laboral al servicio de las Administraciones Públicas, de acuerdo
con los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, así como el de
publicidad.
2.1.2 Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
2.1.3 Tener cumplidos los dieciséis años de edad y no exceder, en su caso, de la
edad máxima de jubilación forzosa.
2.1.4 No haber sido separada mediante expediente disciplinario del servicio de
cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o
estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o
especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo
o escala funcionarial, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el
caso del personal laboral, en el que hubiese sido separada o inhabilitada. En el caso de
ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitada o en situación equivalente ni haber
sido sometida a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los
mismos términos el acceso al empleo público.
2.1.5 Estar en posesión o en condiciones de obtener antes del término del plazo de
presentación de solicitudes del Título de Grado, Arquitectura Técnica, Ingeniería
Técnica, Diplomatura Universitaria o titulación equivalente.
Los/as aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que
están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite,
en su caso, la homologación. Este requisito no será de aplicación a quienes hayan
obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional en el ámbito de las
profesiones reguladas al amparo de las disposiciones del Derecho Comunitario.
2.2 Las personas aspirantes que concurran por el sistema de promoción interna
deberán cumplir, además de los anteriores, el siguiente requisito: ser personal laboral fijo
de la Universidad de Cádiz, con independencia de la categoría profesional que se
ostente, en situación de servicio activo o con reserva de plaza.
2.3 Las personas aspirantes que se presenten por el cupo de discapacidad, ya sea
por el sistema de promoción interna como por el sistema de turno libre, deberán disponer
de un certificado en vigor acreditativo de tal condición expedido por el órgano
competente, igual o superior al 33 por 100.
2.4 Todos los requisitos deberán poseerse en el día de finalización del plazo de
presentación de solicitudes.
3.
Solicitudes
3.1 De acuerdo con el Reglamento UCA/CG05/2023, de 20 de junio, por el que se
regula la obligación de relacionarse por medios electrónicos con la Administración de la
Universidad de Cádiz del personal a su servicio y de los participantes de los procesos
selectivos, quienes deseen tomar parte en este proceso selectivo deberán realizar la
presentación de las solicitudes a través del procedimiento telemático específico
establecido por la Universidad de Cádiz, mediante firma electrónica, y accesible desde la
propia Sede Electrónica de la Universidad de Cádiz:
https://sedelectronica.uca.es/procedimientos/?proc=477
cve: BOE-A-2024-23240
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 270
Viernes 8 de noviembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 142706
nacionalidad española o de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que
no estén separadas de derecho, así como a sus descendientes y a los de su cónyuge,
siempre que no estén separadas de derecho, sean menores de veintiún años o mayores
de dicha edad dependientes. Igualmente se entenderá a las personas incluidas en el
ámbito de aplicación de los Tratados internacionales celebrados por la Comunidad
Europea y ratificados por España, en los que sea de aplicación la libre circulación de
trabajadores. Las personas extranjeras residentes en España podrán acceder en
igualdad de condiciones que las nacionales de los Estados miembros de la Unión
Europea como personal laboral al servicio de las Administraciones Públicas, de acuerdo
con los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, así como el de
publicidad.
2.1.2 Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
2.1.3 Tener cumplidos los dieciséis años de edad y no exceder, en su caso, de la
edad máxima de jubilación forzosa.
2.1.4 No haber sido separada mediante expediente disciplinario del servicio de
cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o
estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o
especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo
o escala funcionarial, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el
caso del personal laboral, en el que hubiese sido separada o inhabilitada. En el caso de
ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitada o en situación equivalente ni haber
sido sometida a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los
mismos términos el acceso al empleo público.
2.1.5 Estar en posesión o en condiciones de obtener antes del término del plazo de
presentación de solicitudes del Título de Grado, Arquitectura Técnica, Ingeniería
Técnica, Diplomatura Universitaria o titulación equivalente.
Los/as aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que
están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite,
en su caso, la homologación. Este requisito no será de aplicación a quienes hayan
obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional en el ámbito de las
profesiones reguladas al amparo de las disposiciones del Derecho Comunitario.
2.2 Las personas aspirantes que concurran por el sistema de promoción interna
deberán cumplir, además de los anteriores, el siguiente requisito: ser personal laboral fijo
de la Universidad de Cádiz, con independencia de la categoría profesional que se
ostente, en situación de servicio activo o con reserva de plaza.
2.3 Las personas aspirantes que se presenten por el cupo de discapacidad, ya sea
por el sistema de promoción interna como por el sistema de turno libre, deberán disponer
de un certificado en vigor acreditativo de tal condición expedido por el órgano
competente, igual o superior al 33 por 100.
2.4 Todos los requisitos deberán poseerse en el día de finalización del plazo de
presentación de solicitudes.
3.
Solicitudes
3.1 De acuerdo con el Reglamento UCA/CG05/2023, de 20 de junio, por el que se
regula la obligación de relacionarse por medios electrónicos con la Administración de la
Universidad de Cádiz del personal a su servicio y de los participantes de los procesos
selectivos, quienes deseen tomar parte en este proceso selectivo deberán realizar la
presentación de las solicitudes a través del procedimiento telemático específico
establecido por la Universidad de Cádiz, mediante firma electrónica, y accesible desde la
propia Sede Electrónica de la Universidad de Cádiz:
https://sedelectronica.uca.es/procedimientos/?proc=477
cve: BOE-A-2024-23240
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 270