Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2024-23239)
Resolución de 24 de octubre de 2024, de la Universidad de Salamanca, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala Administrativa, Subescala Administrativa de Administración General.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 270
Viernes 8 de noviembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 142689
1.5 Todas las publicaciones que se deriven de esta convocatoria cumplirán con lo
establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos digitales.
2.
Requisitos de los candidatos
2.1 Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes
deberán reunir los siguientes requisitos:
A)
Requisitos generales:
2.2 Todos los requisitos enumerados anteriormente deberán poseerse en el día de
la finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos hasta el momento
de la toma de posesión como funcionarios de carrera de la Escala Administrativa
(Subescala Administrativa de Administración General).
3.
Solicitudes
3.1 El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales contados a
partir del día siguiente al de la fecha de publicación de la convocatoria en el «Boletín
Oficial del Estado». La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la
cve: BOE-A-2024-23239
Verificable en https://www.boe.es
a) Ser español o nacional de un estado miembro de la Unión Europea o nacional de
aquellos estados a los que, en virtud de tratados internacionales celebrados por la Unión
Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores
en los términos en que esta se halla definida en el tratado constitutivo de la Comunidad
Europea.
También podrán participar el cónyuge, descendientes y descendientes del cónyuge,
de los españoles y de los nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea,
siempre que no estén separados de derecho, menores de veintiún años o mayores de
edad que vivan a sus expensas. Este último beneficio será igualmente de aplicación a
familiares de nacionales de otros estados cuando así se prevea en los tratados
internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias de las
plazas convocadas y no padecer enfermedad ni defecto físico que impida el ejercicio de
éstas. Quienes tengan la condición de personas con discapacidad reconocida por el
órgano competente, deberán acreditar la compatibilidad de sus limitaciones en la
actividad con las funciones de las plazas a las que aspiran.
c) Tener cumplidos dieciséis años el día en que termine el plazo de presentación de
solicitudes y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.
d) Estar en posesión del título de Bachiller o Técnico. Asimismo, se estará a lo
dispuesto en la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio (BOE del 17), por la que se
establecen equivalencias con los títulos de Graduado en Educación Secundaria
Obligatoria y de Bachiller regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de
Educación, modificada mediante la Orden EDU/520/2011, de 7 de marzo.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de
la credencial que acredite su homologación.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de
cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o
estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o
especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo
o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en
el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso
de ser nacional de otro estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni
haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su estado, en
los mismos términos el acceso al empleo público.
Núm. 270
Viernes 8 de noviembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 142689
1.5 Todas las publicaciones que se deriven de esta convocatoria cumplirán con lo
establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos digitales.
2.
Requisitos de los candidatos
2.1 Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes
deberán reunir los siguientes requisitos:
A)
Requisitos generales:
2.2 Todos los requisitos enumerados anteriormente deberán poseerse en el día de
la finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos hasta el momento
de la toma de posesión como funcionarios de carrera de la Escala Administrativa
(Subescala Administrativa de Administración General).
3.
Solicitudes
3.1 El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales contados a
partir del día siguiente al de la fecha de publicación de la convocatoria en el «Boletín
Oficial del Estado». La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la
cve: BOE-A-2024-23239
Verificable en https://www.boe.es
a) Ser español o nacional de un estado miembro de la Unión Europea o nacional de
aquellos estados a los que, en virtud de tratados internacionales celebrados por la Unión
Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores
en los términos en que esta se halla definida en el tratado constitutivo de la Comunidad
Europea.
También podrán participar el cónyuge, descendientes y descendientes del cónyuge,
de los españoles y de los nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea,
siempre que no estén separados de derecho, menores de veintiún años o mayores de
edad que vivan a sus expensas. Este último beneficio será igualmente de aplicación a
familiares de nacionales de otros estados cuando así se prevea en los tratados
internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias de las
plazas convocadas y no padecer enfermedad ni defecto físico que impida el ejercicio de
éstas. Quienes tengan la condición de personas con discapacidad reconocida por el
órgano competente, deberán acreditar la compatibilidad de sus limitaciones en la
actividad con las funciones de las plazas a las que aspiran.
c) Tener cumplidos dieciséis años el día en que termine el plazo de presentación de
solicitudes y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.
d) Estar en posesión del título de Bachiller o Técnico. Asimismo, se estará a lo
dispuesto en la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio (BOE del 17), por la que se
establecen equivalencias con los títulos de Graduado en Educación Secundaria
Obligatoria y de Bachiller regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de
Educación, modificada mediante la Orden EDU/520/2011, de 7 de marzo.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de
la credencial que acredite su homologación.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de
cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o
estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o
especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo
o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en
el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso
de ser nacional de otro estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni
haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su estado, en
los mismos términos el acceso al empleo público.