Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto DemográficoV. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Planes de estudios. (BOE-B-2024-40431)
Anuncio de información pública del Servicio de Régimen de Usuarios de la Confederación Hidrográfica del Duero, O.A. sobre la tramitación de un procedimiento de extinción del derecho a un aprovechamiento subterráneas en el término municipal de San Esteban del Molar (Zamora). Expediente ED-0059/2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 270
Viernes 8 de noviembre de 2024
Sec. V-B. Pág. 63143
V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO
40431
Anuncio de información pública del Servicio de Régimen de Usuarios de
la Confederación Hidrográfica del Duero, O.A. sobre la tramitación de
un proce dimie nto de e xtinción de l de re cho a un aprove chamie nto
subte rráne as e n e l término municipal de San Este ban de l Molar
(Zamora). Expe die nte ED-0059/2024.
1.- En el Registro de Aguas, Sección C, Tomo 92, Hoja 50, número 8905, de
esta Confederación Hidrográfica del Duero, O.A, figura la siguiente inscripción
relativa a un aprovechamiento de aguas subterráneas, con destino a riego, en el
termino municipal de San Estebán del Molar (Zamora):
- Clave: 092-050-8905-C-ZA-0206. Expte.: PRZA188001
- Clase Y Afección: Regadío
- Titular: D. Mario Deza Larra (11.624.983)
- Término Municipal Y Provincia De La Toma: Parcela 481, polígono 5, paraje
"Pie-Mulo" término municipal de San Estebán del Molar (Zamora).
- Caudal (l/s): 12,6 máximo 4,2 medio
- Volumen Máximo Anual (m³): 42.000
- Título Del Derecho: Inscripción de fecha 4 de julio de 1993. Confederación
Hidrográfica del Duero.
- Observaciones: Riega Cereal.
Expediente PRZA188001 (Ref. Alberca 2669/1988, Ref. Integra PR-2629/1988)
Del informe emitido por el Área de Régimen de Usuarios se desprende que el
aprovechamiento de aguas, al que le corresponde la captación de aguas
subterráneas PCZA216003 (parcela 483 del polígono 1, término municipal de
Tapioles (Zamora)) no cuenta con estructura de riego y el sondeo accesorio está
sin uso. Por su parte, analizado el expediente de inscripción se aprecia que, en la
condición cuarta de la Resolución de 15 de julio de 1993, en la que se hace
constar que: El derecho al uso privativo de las aguas podrá declararse caducado
por la interrupción permanente de la explotación durante tres años consecutivos,
siempre que aquella sea imputable al titular (Art.º 64-2).
3.- Esta Confederación Hidrográfica del Duero, O.A., acordó con fecha 30 de
septiembre de 2024, iniciar el expediente de extinción por caducidad del derecho
cve: BOE-B-2024-40431
Verificable en https://www.boe.es
2.- El Área de Régimen de Usuarios de esta Confederación Hidrográfica del
Duero, O.A. propuso en su informe de 30 de septiembre de 2024, que se inicie el
trámite de extinción de acuerdo con lo establecido en el artículo 66.2 del Texto
Refundido de la Ley de Aguas, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2001, de
20 de julio, que señala que: ''El derecho al uso privativo de las aguas, cualquiera
que sea el título de su adquisición, podrá declararse caducado por la interrupción
permanente de la explotación durante tres años consecutivos, siempre que aquella
sea imputable al titular''.
Núm. 270
Viernes 8 de noviembre de 2024
Sec. V-B. Pág. 63143
V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO
40431
Anuncio de información pública del Servicio de Régimen de Usuarios de
la Confederación Hidrográfica del Duero, O.A. sobre la tramitación de
un proce dimie nto de e xtinción de l de re cho a un aprove chamie nto
subte rráne as e n e l término municipal de San Este ban de l Molar
(Zamora). Expe die nte ED-0059/2024.
1.- En el Registro de Aguas, Sección C, Tomo 92, Hoja 50, número 8905, de
esta Confederación Hidrográfica del Duero, O.A, figura la siguiente inscripción
relativa a un aprovechamiento de aguas subterráneas, con destino a riego, en el
termino municipal de San Estebán del Molar (Zamora):
- Clave: 092-050-8905-C-ZA-0206. Expte.: PRZA188001
- Clase Y Afección: Regadío
- Titular: D. Mario Deza Larra (11.624.983)
- Término Municipal Y Provincia De La Toma: Parcela 481, polígono 5, paraje
"Pie-Mulo" término municipal de San Estebán del Molar (Zamora).
- Caudal (l/s): 12,6 máximo 4,2 medio
- Volumen Máximo Anual (m³): 42.000
- Título Del Derecho: Inscripción de fecha 4 de julio de 1993. Confederación
Hidrográfica del Duero.
- Observaciones: Riega Cereal.
Expediente PRZA188001 (Ref. Alberca 2669/1988, Ref. Integra PR-2629/1988)
Del informe emitido por el Área de Régimen de Usuarios se desprende que el
aprovechamiento de aguas, al que le corresponde la captación de aguas
subterráneas PCZA216003 (parcela 483 del polígono 1, término municipal de
Tapioles (Zamora)) no cuenta con estructura de riego y el sondeo accesorio está
sin uso. Por su parte, analizado el expediente de inscripción se aprecia que, en la
condición cuarta de la Resolución de 15 de julio de 1993, en la que se hace
constar que: El derecho al uso privativo de las aguas podrá declararse caducado
por la interrupción permanente de la explotación durante tres años consecutivos,
siempre que aquella sea imputable al titular (Art.º 64-2).
3.- Esta Confederación Hidrográfica del Duero, O.A., acordó con fecha 30 de
septiembre de 2024, iniciar el expediente de extinción por caducidad del derecho
cve: BOE-B-2024-40431
Verificable en https://www.boe.es
2.- El Área de Régimen de Usuarios de esta Confederación Hidrográfica del
Duero, O.A. propuso en su informe de 30 de septiembre de 2024, que se inicie el
trámite de extinción de acuerdo con lo establecido en el artículo 66.2 del Texto
Refundido de la Ley de Aguas, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2001, de
20 de julio, que señala que: ''El derecho al uso privativo de las aguas, cualquiera
que sea el título de su adquisición, podrá declararse caducado por la interrupción
permanente de la explotación durante tres años consecutivos, siempre que aquella
sea imputable al titular''.