Ministerio Para La Transformación Digital y de La Función Pública. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Aragón. Convenio. (BOE-A-2024-23175)
Resolución de 28 de octubre de 2024, de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de Aragón, en materia de utilización de los recursos humanos y materiales de las jefaturas provinciales de inspección de telecomunicaciones.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 269

Jueves 7 de noviembre de 2024

Sec. III. Pág. 142543

Ambas partes se reconocen con capacidad y legitimación suficiente en derecho para
celebrar y firmar el presente convenio, y en su virtud,
EXPONEN
Primero.
El Consejo de Ministros celebrado el 21 de junio de 2013, aprobó el informe de la
Comisión para la Reforma de las Administraciones Públicas (CORA) que había sido
creada en octubre de 2012. Entre los objetivos fijados en el informe se destaca, entre
otros, la superación de las ineficiencias y redundancias competenciales que deben
corregirse y la necesidad de un sector público libre de solapamientos, duplicidades y
gastos innecesarios, objetivos impulsados a través de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público.
Segundo.
En su informe, la CORA propone que los recursos humanos y materiales de la AGE,
se pondrán a disposición de las Comunidades Autónomas, para la inspección de
aspectos técnicos en materia audiovisual, competencia de estas. Con ello se evitaría el
desarrollo de un costoso servicio de inspección por parte de las Comunidades
Autónomas, ya que el actual Ministerio para la Transformación Digital y de la Función
Pública dispone de unidades de inspección desplegadas en todas las provincias.
Tercero.
A la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales, le
corresponde, a través de la Secretaría General de Telecomunicaciones y Ordenación de
los Servicios de Comunicación Audiovisual, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7
del Real Decreto 210/2024, de 27 de febrero, por el que se establece la estructura
orgánica básica del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública,
entre otras funciones, las facultades de control e inspección de las instalaciones
radioeléctricas y la comprobación técnica de emisiones radioeléctricas para el control y la
protección del dominio público radioeléctrico.
Cuarto.
A la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales, están
adscritas, a través de la Secretaría General de Telecomunicaciones y Ordenación de los
Servicios de Comunicación Audiovisual, las Jefaturas Provinciales de Inspección de las
Telecomunicaciones, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7 del Real
Decreto 210/2024, de 27 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica
básica del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública. Estas
unidades, disponen de personal y medios técnicos adecuados para ejercer las
actividades de inspección y comprobación técnica de las emisiones radioeléctricas.

La Ley 13/2022, de 7 de julio, General de la Comunicación Audiovisual, establece
que la prestación de los servicios de comunicación audiovisual radiofónicos o televisivos
requiere, cuando dichos servicios se presten mediante ondas hertzianas terrestres de
ámbito local, licencia previa otorgada mediante concurso por la autoridad audiovisual de
la Comunidad Autónoma. Al Departamento de Presidencia, Economía y Justicia de la
Comunidad Autónoma de Aragón le corresponde el ejercicio de inspección y régimen
sancionador en materia de medios de comunicación audiovisual de ámbito autonómico o
local, de acuerdo con lo establecido en el Decreto de 12 de julio de 2024, del Presidente
del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración de

cve: BOE-A-2024-23175
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Quinto.