Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. III. Otras disposiciones. Documentación administrativa. (BOE-A-2024-23050)
Resolución de 23 de octubre de 2024, del Instituto Social de la Marina, por la que se establece el calendario de conservación, criterios de valoración y tratamiento de la documentación a efectos de su eliminación y posible conservación en soporte original o electrónico.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 268

Miércoles 6 de noviembre de 2024

Sec. III. Pág. 141968

(3) O cinco desde la fecha de agotamiento de la RAI, prestación o subsidio por
desempleo. Expedientes subsidio mayores de 52 años, se depurarán a los dos años,
desde la fecha de baja por jubilación. Solicitudes con derecho denegado a los 7 años
desde la fecha de denegación.
(4) Documentos de previsión de pagos, recibos, listado de impagados, resumen de
nómina a pagar, listados de nómina a pagar, listados de impagados. Listados mensuales
de nómina pagada se conservarán indefinidamente.
(5) Listados informáticos, meramente informativos, emitidos con periodicidad diaria
o mensual, listados de actualización, de errores de altas y bajas a la Seguridad Social,
de recibos no emitidos, de recibos superiores a 1200 y a 2400 euros y los documentos
estadísticos (estadísticas de impagados, de demora en el pago, en el reconocimiento, de
demora en las bajas y en las transacciones y estadística de denegaciones). Listado de
gestión mes de diciembre de cada año se conservará indefinidamente.
(6) Se entenderán por carpetas de los expedientes todos los documentos que lo
componen, estén o no físicamente dentro de las mismas (solicitudes, resoluciones,
acuses de recibo, boletines de cotización, recursos, comunicaciones, acuses de recibo,
listado de comprobación, listado de verificación, resolución aprobación E.R.E., anexo
II…).
Códigos
1. Las dos primeras letras: Identifican a la Unidad competente (Dirección,
Subdirección General……….) que ha realizado la propuesta de la serie documental.
D: Dirección.
SS: Subdirección General de Seguridad Social de los Trabajadores del Mar.
AP: División de Administración y Análisis Presupuestario.
AS: Subdirección General de Acción Social Marítima.

cve: BOE-A-2024-23050
Verificable en https://www.boe.es

2. Las letras tercera y cuarta: Identifican el área o servicio de gestión. Dentro del
ámbito de Dirección se incluyen unas series documentales con las letras SC que
identifican las series comunes a todas las unidades.
3. Los dígitos finales: Identifican el número secuencial del documento dentro de
cada área o servicio de gestión.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X