Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2024-22999)
Resolución de 21 de octubre de 2024, de la Universidad de Oviedo, por la que se convoca proceso selectivo, por el sistema general de acceso libre, para la provisión de plaza de personal laboral, categoría de Operador, Grupo III.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 268

Miércoles 6 de noviembre de 2024
6.ª

Sec. II.B. Pág. 141468

Sistema de selección

A. Fase de concurso: En esta fase se valorarán los méritos alegados y probados
documentalmente por cada concursante, según puntuación que figura en el anexo III de
esta convocatoria.
B. Fase de oposición:
Esta fase constará de los ejercicios que a continuación se indican, teniendo ambos
carácter eliminatorio:
Primer ejercicio: teórico.
Cuestionario de ochenta preguntas con cuatro respuestas alternativas, sobre el
temario que figura en el anexo IV.
Este ejercicio se calificará utilizando la fórmula siguiente:

E

N= Nota sobre 35.

A - ----------

A= Aciertos.

d-1

E= Errores.

N= ------------------------ x 35
n

d= Opciones a cada pregunta.
n= Nº de ítems.

Se calificará de 0 a 35 puntos, siendo necesario para superar la prueba haber
obtenido como mínimo 17,5 puntos.
Segundo ejercicio: práctico.
Consistirá en resolver uno o varios supuestos prácticos o pruebas teórico-prácticas
relacionadas con el programa.
Se calificará de 0 a 35 puntos, siendo necesario para aprobar alcanzar un mínimo
de 17,5 puntos.
La calificación final de la prueba vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en las fases de concurso y oposición.
La plaza se adjudicará al concursante que obtenga mayor puntuación, sumando los
puntos de la fase del concurso a los puntos de la fase de la oposición.
En ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá aplicarse para
superar los ejercicios de la fase de oposición.
Comisión Calificadora

7.1 La Comisión Calificadora de estas pruebas selectivas es la que figura como
anexo V de esta convocatoria.
7.2 Los miembros del Tribunal y el Secretario deberán abstenerse de intervenir,
notificándolo al Rector de la Universidad, cuando concurran en ellos algunas de las
causas previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público.
El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no
hallarse incursos en las circunstancias previstas en el párrafo anterior.
Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal, a tenor del
artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
7.3 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá la Comisión con asistencia, al
menos, del Presidente, el Secretario y la mitad más uno de los vocales. Celebrará su
sesión de constitución en el plazo máximo de treinta días a partir de su designación.

cve: BOE-A-2024-22999
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7.ª