Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2024-22999)
Resolución de 21 de octubre de 2024, de la Universidad de Oviedo, por la que se convoca proceso selectivo, por el sistema general de acceso libre, para la provisión de plaza de personal laboral, categoría de Operador, Grupo III.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 268

Miércoles 6 de noviembre de 2024
2.ª

Sec. II.B. Pág. 141466

Características de la plaza y funciones a desarrollar

Características de la plaza:
Categoría profesional: Operador.
Grupo III.
Destino: Escuela de Ingeniería Informática.
Plaza número 381 de la RPT de personal laboral.
Localidad: Oviedo.
Funciones:
– Mantenimiento de los equipos informáticos de usuario y de servidor desplegados
en el centro.
– Mantenimiento y despliegue de software en los equipos informáticos de usuario y
de servidor del centro.
– Mantenimiento y puesta en servicio de material audiovisual.
– Mantenimiento de la infraestructura de los laboratorios, despachos y seminarios
del centro.
– Prestar apoyo en la elaboración y procesamiento de los partes de firmas de clase.
– Realizar tareas básicas de programación y scripting.
– Cualquier otra función acorde con la categoría profesional y el grupo retributivo.
3.ª

Requisitos de los aspirantes

Para ser admitido a las presentes pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir
los siguientes requisitos:

Todos los requisitos anteriormente reseñados deberán poseerse en el día de
finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta la firma del
contrato.
4.ª

Solicitudes

4.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas, deberán solicitarlo
mediante instancia, según modelo que figura como anexo I de esta convocatoria, que se
presentará a través del tramitador electrónico de la Universidad de Oviedo, directamente,
o con el apoyo de las Oficinas de asistencia en materia de registro de la Universidad de

cve: BOE-A-2024-22999
Verificable en https://www.boe.es

a) Tener la nacionalidad española o ser nacional de un Estado miembro de la Unión
Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de tratados internacionales
celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre
circulación de trabajadores en los términos en que ésta se halle definida en el Tratado
constitutivo de la Comunidad Europea.
b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de
jubilación forzosa.
c) Tener capacidad para contratar la prestación de su trabajo, conforme con lo
establecido en el artículo 7 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
d) No padecer enfermedad ni limitaciones físicas o psíquicas incompatibles con el
normal desempeño de las tareas o funciones correspondientes.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de
cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño
de las funciones públicas por sentencia judicial firme.
f) Estar en posesión del Título de Formación Profesional de 2.º Grado de la familia
de Informática y Comunicaciones o equivalente reconocido oficialmente. En el caso de
titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que
acredite su homologación.