Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2024-22797)
Resolución de 25 de octubre de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Cúllar, para el desarrollo del programa de formación abierta «Aula Mentor».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 4 de noviembre de 2024

Sec. III. Pág. 140514

Tercera. Aspectos económicos.
El presente convenio no conlleva traspaso alguno de aportación económica entre las
Partes siguiendo un modelo sostenible de recaudación de la matrícula, no suponiendo
gasto alguno ni para el presupuesto el Ayuntamiento de Cúllar ni para el del Ministerio de
Educación, Formación Profesional y Deportes.
En virtud de este convenio, los firmantes adquieren los siguientes compromisos
económicos:
Por parte el Ayuntamiento de Cúllar:
– Formalizar cuando proceda, el ingreso en tesorería de Ayuntamiento de Cúllar de
los pagos por matrícula correspondientes al alumnado del Aula Mentor. La cantidad
mínima establecida con el Ayuntamiento de Cúllar ascenderá a 48 euros y un máximo
de 200.000 euros, ingresados en el presupuesto del Ayuntamiento de Cúllar en la
aplicación presupuestaria 34201.
– Asumir, cuando proceda, la compensación económica de los tutores recogida en el
acuerdo de colaboración que estos mantienen con el Ministerio de Educación, Formación
Profesional y Deportes, en concepto de impartición de cursos, realizando la retención en
concepto de IRPF que la normativa tenga establecida. Dicho pago procederá de la
recaudación recibida en concepto de matrícula y se ejecutará en 5 periodos anuales en
base a los informes de gasto emitidos por el Ministerio de Educación, Formación
Profesional y Deportes. Este cargo será como mínimo de 48 euros y un máximo
de 150.000 euros/año, que será imputado al presupuesto del Ayuntamiento de Cúllar en
la aplicación presupuestaria 326.42000 Si durante un periodo no se formalizara ningún
ingreso en concepto de matriculación, el cargo mínimo será 0 euros.
– Asumir los gastos de mantenimiento del Aula Mentor, que serán como mínimo
de 100 euros y un máximo de 500 euros al año y se imputarán al presupuesto de gastos
del Ayuntamiento de Cúllar, derivado de los ingresos de la matrícula.
– Hacerse cargo, cuando proceda y no se cuente con recursos propios para asumir
las tareas de la administración del Aula, del contrato del responsable o administrador del
Aula Mentor del Ayuntamiento de Cúllar que implicará una cantidad mínima de 1.650
euros al año (incluyendo impuestos y seguridad social) y una cantidad máxima de 24.500
euros/año que se imputará al presupuesto de gasto de el Ayuntamiento del Cúllar.
– Hacerse cargo, cuando proceda y no se cuente con recursos propios para las
tareas de información y orientación a la ciudadanía, del contrato del responsable de la
atención en tareas de información y orientación profesional del Aula Mentor del
Ayuntamiento de Cúllar que implicará una cantidad mínima de 1.650 euros al año
(incluyendo impuestos y seguridad social) y una cantidad máxima de 24.500 euros/año
que se imputará al presupuesto de gasto de personal del Ayuntamiento de Cúllar.
– Remitir a la Unidad de Orientación Profesional y Aprendizaje a lo largo de la Vida
la información de Ayuntamiento de Cúllar necesaria para elaborar la memoria anual del
programa Aula Mentor, una de cuyas dimensiones es la económica.
Por parte del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes a través de
la Unidad de Orientación Profesional y Aprendizaje a lo largo de la Vida:
– Remitir, cuando proceda, los informes económicos anuales al Ayuntamiento de
Cúllar indicando el número de alumnado tutorizado en ese periodo, para que dicha
entidad proceda al pago de los costes tutoriales correspondientes.
– En el caso de Aulas Mentor con atención directa a la ciudadanía en tareas de
información y orientación profesional (Unidad de Orientación Profesional_Mentor), remitir
un informe anual de personas atendidas, de personas inscritas en los procedimientos de
acreditación de competencias profesionales, así como el tipo de información y
orientación requerida, de acuerdo al modelo de informe normalizado.

cve: BOE-A-2024-22797
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Núm. 266