Ministerio de Economía, Comercio y Empresa. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2024-22804)
Resolución de 25 de octubre de 2024, del Instituto Nacional de Estadística, por la que se publica la Adenda de modificación y prórroga del Convenio con el Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía, para la realización de la operación estadística Indicadores de Confianza Empresarial en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 266
Lunes 4 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 140560
establecido en la cláusula sexta del convenio y de conformidad con lo establecido en el
artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Tercera.
Modificación del convenio.
Se modifica el expositivo tercero del convenio quedando redactado de la siguiente
forma: «Que el Real Decreto 1110/2020, de 15 de diciembre, por el que se aprueba
el Plan Estadístico Nacional 2021-2024 encomienda al INE la realización de la operación
estadística, Indicadores de Confianza Empresarial (en adelante ICE)».
Se modifica el expositivo cuarto del convenio, quedando como sigue: «Que
la Ley 9/2023, de 25 de septiembre, por la que se aprueba el Plan Estadístico
y Cartográfico de Andalucía 2023-2029, asigna al IECA la responsabilidad de la
actividad 07.02.07 Indicadores de confianza empresarial de Andalucía».
Cuarta.
Cláusulas del convenio.
Dejar inalteradas el resto de las cláusulas del convenio.
Quinta.
Eficacia.
De acuerdo con lo establecido en artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público, la presente adenda de modificación y prórroga
del convenio surtirá efectos desde el día 19 de noviembre 2024, previa inscripción de la
misma en el Registro electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del
sector público estatal en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, de
acuerdo con lo establecido en el artículo 48 y el apartado 2 de la disposición adicional
séptima de la misma ley. Asimismo, esta adenda se publicará en el «Boletín Oficial
del Estado» en el plazo de diez días hábiles desde su formalización.
cve: BOE-A-2024-22804
Verificable en https://www.boe.es
Y en prueba de conformidad, se formaliza y se firma la presente adenda modificación
y prórroga, tomándose como fecha de firma la fecha en que lo haga el último firmante, es
decir, el 24 de octubre de 2024.–El Director del Instituto de Estadística y Cartografía
de Andalucía, Manuel Ignacio Castaño Sousa.–El Director General de Estadísticas
Económicas, por delegación de la Presidenta del Organismo, Resolución 19 de junio
de 2024 de la Presidenta del INE (BOE de 27 de junio), Alfredo Cristóbal Cristóbal.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 266
Lunes 4 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 140560
establecido en la cláusula sexta del convenio y de conformidad con lo establecido en el
artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Tercera.
Modificación del convenio.
Se modifica el expositivo tercero del convenio quedando redactado de la siguiente
forma: «Que el Real Decreto 1110/2020, de 15 de diciembre, por el que se aprueba
el Plan Estadístico Nacional 2021-2024 encomienda al INE la realización de la operación
estadística, Indicadores de Confianza Empresarial (en adelante ICE)».
Se modifica el expositivo cuarto del convenio, quedando como sigue: «Que
la Ley 9/2023, de 25 de septiembre, por la que se aprueba el Plan Estadístico
y Cartográfico de Andalucía 2023-2029, asigna al IECA la responsabilidad de la
actividad 07.02.07 Indicadores de confianza empresarial de Andalucía».
Cuarta.
Cláusulas del convenio.
Dejar inalteradas el resto de las cláusulas del convenio.
Quinta.
Eficacia.
De acuerdo con lo establecido en artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público, la presente adenda de modificación y prórroga
del convenio surtirá efectos desde el día 19 de noviembre 2024, previa inscripción de la
misma en el Registro electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del
sector público estatal en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, de
acuerdo con lo establecido en el artículo 48 y el apartado 2 de la disposición adicional
séptima de la misma ley. Asimismo, esta adenda se publicará en el «Boletín Oficial
del Estado» en el plazo de diez días hábiles desde su formalización.
cve: BOE-A-2024-22804
Verificable en https://www.boe.es
Y en prueba de conformidad, se formaliza y se firma la presente adenda modificación
y prórroga, tomándose como fecha de firma la fecha en que lo haga el último firmante, es
decir, el 24 de octubre de 2024.–El Director del Instituto de Estadística y Cartografía
de Andalucía, Manuel Ignacio Castaño Sousa.–El Director General de Estadísticas
Económicas, por delegación de la Presidenta del Organismo, Resolución 19 de junio
de 2024 de la Presidenta del INE (BOE de 27 de junio), Alfredo Cristóbal Cristóbal.
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