Ministerio de Hacienda. III. Otras disposiciones. Ciudad de Ceuta. Convenio. (BOE-A-2024-22777)
Resolución de 24 de octubre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio con la Ciudad Autónoma de Ceuta, sobre atribución de competencias en materia de recursos contractuales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 266
Lunes 4 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 140350
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE HACIENDA
22777
Resolución de 24 de octubre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se
publica el Convenio con la Ciudad Autónoma de Ceuta, sobre atribución de
competencias en materia de recursos contractuales.
Suscrito el 24 de octubre de 2024 Convenio entre el Ministerio de Hacienda y la
Ciudad Autónoma de Ceuta sobre atribución de competencias en materia de recursos
contractuales, en cumplimiento de lo establecido en el punto 8 del artículo 48 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público procede la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo
a esta resolución.
Madrid, 24 de octubre de 2024.–La Subsecretaria de Hacienda, Lidia Sánchez Milán.
ANEXO
Convenio entre el Ministerio de Hacienda y la Ciudad Autónoma de Ceuta
sobre la atribución de competencias en materia de recursos contractuales
En Madrid y Ceuta, a 24 de octubre de 2024.
REUNIDOS
De una parte, doña Lidia Sánchez Milán, Subsecretaria de Hacienda, nombrada por
Real Decreto 357/2024, de 2 de abril, con competencia para suscribir el presente
convenio en virtud de la delegación efectuada por el artículo 7.4.a) de la Orden
HFP/1500/2021, de 29 de diciembre, de delegación de competencias y por la que se fijan
los límites de las competencias de gestión presupuestaria y concesión de subvenciones
y ayudas de los titulares de las Secretarías de Estado.
De otra parte, por la Ciudad Autónoma de Ceuta, doña Kissy Chandiramani Ramesh,
Consejera de Hacienda, Transición Económica y Transformación Digital, nombrada por
resolución de la Presidencia de la Ciudad de Ceuta de fecha 23 de junio de 2023,
publicada en el «Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta» con esa misma fecha (BOCCE
núm. 42 Extraordinario), autorizada para la aprobación del presente convenio mediante
la resolución citada que le otorga las competencias en materia de contratos mayores.
Las partes se reconocen mutuamente plena capacidad de actuar en la
representación legal que ostentan para suscribir el presente convenio y, a tal efecto,
1. La Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se
transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del
Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, establece en su
artículo 46, apartados 2 y 3, respectivamente, que las Comunidades Autónomas y las
Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla podrán atribuir la competencia para la
resolución de los recursos especiales regulados en ella al Tribunal Administrativo Central
de Recursos Contractuales. A tal efecto dispone que la Administración General del
Estado y la comunidad autónoma o, en su caso, ciudad autónoma que desee atribuir la
competencia al tribunal deberán celebrar el correspondiente convenio, en el que, entre
cve: BOE-A-2024-22777
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EXPONEN
Núm. 266
Lunes 4 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 140350
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE HACIENDA
22777
Resolución de 24 de octubre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se
publica el Convenio con la Ciudad Autónoma de Ceuta, sobre atribución de
competencias en materia de recursos contractuales.
Suscrito el 24 de octubre de 2024 Convenio entre el Ministerio de Hacienda y la
Ciudad Autónoma de Ceuta sobre atribución de competencias en materia de recursos
contractuales, en cumplimiento de lo establecido en el punto 8 del artículo 48 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público procede la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo
a esta resolución.
Madrid, 24 de octubre de 2024.–La Subsecretaria de Hacienda, Lidia Sánchez Milán.
ANEXO
Convenio entre el Ministerio de Hacienda y la Ciudad Autónoma de Ceuta
sobre la atribución de competencias en materia de recursos contractuales
En Madrid y Ceuta, a 24 de octubre de 2024.
REUNIDOS
De una parte, doña Lidia Sánchez Milán, Subsecretaria de Hacienda, nombrada por
Real Decreto 357/2024, de 2 de abril, con competencia para suscribir el presente
convenio en virtud de la delegación efectuada por el artículo 7.4.a) de la Orden
HFP/1500/2021, de 29 de diciembre, de delegación de competencias y por la que se fijan
los límites de las competencias de gestión presupuestaria y concesión de subvenciones
y ayudas de los titulares de las Secretarías de Estado.
De otra parte, por la Ciudad Autónoma de Ceuta, doña Kissy Chandiramani Ramesh,
Consejera de Hacienda, Transición Económica y Transformación Digital, nombrada por
resolución de la Presidencia de la Ciudad de Ceuta de fecha 23 de junio de 2023,
publicada en el «Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta» con esa misma fecha (BOCCE
núm. 42 Extraordinario), autorizada para la aprobación del presente convenio mediante
la resolución citada que le otorga las competencias en materia de contratos mayores.
Las partes se reconocen mutuamente plena capacidad de actuar en la
representación legal que ostentan para suscribir el presente convenio y, a tal efecto,
1. La Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se
transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del
Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, establece en su
artículo 46, apartados 2 y 3, respectivamente, que las Comunidades Autónomas y las
Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla podrán atribuir la competencia para la
resolución de los recursos especiales regulados en ella al Tribunal Administrativo Central
de Recursos Contractuales. A tal efecto dispone que la Administración General del
Estado y la comunidad autónoma o, en su caso, ciudad autónoma que desee atribuir la
competencia al tribunal deberán celebrar el correspondiente convenio, en el que, entre
cve: BOE-A-2024-22777
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