Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2024-22773)
Resolución de 23 de octubre de 2024, de la Universidad Pompeu Fabra, por la que se convoca concurso de acceso a plaza de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 4 de noviembre de 2024

Sec. II.B. Pág. 140323

En caso de que la presentación de la solicitud sea de forma presencial, el pago debe
efectuarse en cualquiera de las oficinas del Banco de Sabadell, mediante ingreso en caja o
por transferencia electrónica, en la cuenta corriente núm. ES18 0081 0603 0400 0137 0247,
«Universidad Pompeu Fabra. Cuenta restringida de ingresos: PDI». Habrá que indicar como
nombre del remitente el del mismo aspirante. El resguardo del pago debe adjuntarse como
documentación de la solicitud.
Para los casos de exenciones o bonificaciones de pago, será necesario adjuntar la
acreditación del motivo, tanto si se realiza la presentación de la solicitud por medio
electrónico como si se efectúa de forma presencial. La no presentación de esta
acreditación determinará la exclusión en este concurso.
La falta del pago de la tasa o el pago incompleto en el plazo de presentación de
solicitudes determina la exclusión de la candidatura. Por lo tanto, no se podrá formalizar
el pago en el plazo de enmiendas. Para acreditar el pago se debe adjuntar el
comprobante a la solicitud.
Las tasas satisfechas no serán objeto de devolución en caso de exclusión de la
convocatoria por falta de cumplimiento de los requisitos, así como tampoco por causa de
renuncia de la persona aspirante, o por otras causas que impidan su participación en el
proceso selectivo, excepto por causa de fuerza mayor que habrá que acreditar.
3.6 En ningún caso el pago de la tasa sustituirá el trámite de presentación de la
solicitud ante la Universidad dentro del plazo y en la forma correspondiente, de acuerdo
con lo que establece esta base.
4.

Admisión de aspirantes

4.1 Tras finalizar el plazo de presentación de solicitudes, se hará pública la
resolución de aprobación de la lista provisional de personas de admitidas y excluidas con
indicación de los motivos de exclusión. Esta resolución se publicará en la web de la
Universidad: http://www.upf.edu/web/personal/ofertes-pdi.
4.2 A partir del día siguiente de la publicación de la resolución de aprobación de las
listas provisionales de admitidos y excluidos, los aspirantes dispondrán de un plazo
de diez días hábiles para presentar alegaciones con el fin de enmendar los defectos de
la solicitud, a excepción del pago de la tasa, que no se puede enmendar. Esta
presentación de enmiendas deberá realizarse mediante el trámite específico telemático
que se publicará en la web de la convocatoria, por el que se deberán utilizar los
procedimientos de identificación y firma electrónica.
Los escritos de alegaciones que se presenten respecto de la resolución de
aprobación de la lista provisional se resolverán mediante la resolución de aprobación de
la publicación de la lista definitiva.
4.3 En el caso de que los aspirantes excluidos no enmienden, dentro del plazo
señalado, los defectos que, en cada caso, han motivado su exclusión, serán considerados
desistidos de la petición y, por lo tanto, su exclusión se convertirá en definitiva.
4.4 De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 41 y 45 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con
la publicación de las resoluciones indicadas en la web de la Universidad se considerará
realizada la oportuna notificación a los interesados y se iniciará el cómputo de los plazos
a efectos de posibles reclamaciones o recursos.
4.5 Las resoluciones de aprobación de las listas definitivas agotan la vía
administrativa y se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado
de lo Contencioso-Administrativo de Barcelona, en el plazo de dos meses contados a
partir del día siguiente de la publicación. No obstante, las personas interesadas podrán
interponer recurso de reposición ante el órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes
a contar desde el día siguiente al de su publicación.
4.6 Las personas candidatas al concurso que renuncien a participar en cualquier
momento del proceso selectivo deben comunicarlo a la rectora mediante un escrito
firmado por alguno de los procedimientos previstos para la presentación de la solicitud.

cve: BOE-A-2024-22773
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Núm. 266