Ministerio de Sanidad. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal estatutario de los servicios de salud. (BOE-A-2024-22670)
Resolución de 23 de octubre de 2024, de la Dirección de la Organización Nacional de Trasplantes, por la que se convoca concurso de movilidad voluntaria para la provisión de plaza de personal estatutario no sanitario en la Organización Nacional de Trasplantes.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 265
Sábado 2 de noviembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 139830
la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; por la Ley 55/2003, de 16 de diciembre,
del Estatuto Marco del personal estatutario de los Servicios de Salud, en los términos
previstos en dicha Ley; y por lo dispuesto en el capítulo II, sección 1.ª, del Real Decretoley 1/1999, de 8 de enero, sobre selección de personal estatutario y provisión de plazas
en Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social, en lo que no se oponga a lo dispuesto
en el Estatuto Básico del Empleado Público.
Segunda.
Requisitos de participación.
2.1 Podrá participar en el presente concurso de movilidad voluntaria el personal
estatutario fijo de los centros e instituciones sanitarias de los servicios de salud de las
comunidades autónomas o de los centros y servicios sanitarios de la Administración
General del Estado con nombramiento en propiedad, en la misma o equivalente
categoría a la que se concurse, excepto el personal declarado en suspensión firme
mientras dure la misma.
A efectos de la equivalencia de categorías, se estará a lo establecido en la Orden
SSI/2420/2015, de 11 de noviembre, por la que se actualiza el catálogo homogéneo de
equivalencias de las categorías profesionales del personal estatutario de los servicios de
salud, regulado por Real decreto 184/2015, de 13 de marzo, y que se reproduce en el
anexo VI para la categoría que se convoca.
2.2 De conformidad con lo establecido en el Real Decreto-ley 1/1999, de 8 de
enero, las personas concursantes, en la fecha de expiración del plazo para presentar
solicitudes de esta convocatoria, deberán encontrarse en alguna de las situaciones
siguientes:
En el supuesto de no obtener plaza, habiendo solicitado todas las convocadas en su
categoría, podrá optar por obtener nuevo destino provisional en alguna de las plazas que
resulten vacantes como consecuencia de la resolución del concurso de movilidad
voluntaria o por pasar nuevamente a la situación de excedencia voluntaria. Dicha opción
deberá ejercitarse una vez publicada la resolución definitiva del concurso y, en todo caso,
con carácter previo a la toma de posesión del adjudicatario de la plaza desde la que
concursa.
Quienes, estando en situación de reingreso provisional en plazas de la Organización
Nacional de Trasplantes, no hayan solicitado todas las vacantes ofrecidas en su
categoría o no participen en este concurso de movilidad voluntaria serán declarados de
oficio en situación de excedencia voluntaria y deberán permanecer en la misma, al
cve: BOE-A-2024-22670
Verificable en https://www.boe.es
a) Estar en activo o con reserva de plaza: se encuentra en esta situación el
personal estatutario fijo con nombramiento en la misma o equivalente categoría en la que
participa, que se encuentre desempeñando con carácter definitivo o tenga reserva de
plaza de esa categoría en cualquier centro o institución sanitaria de los servicios de
salud de las comunidades autónomas o de los centros y servicios sanitarios de la
Administración General del Estado. Este personal deberá haber tomado posesión de su
plaza con un año de antelación, como mínimo, a la finalización del plazo establecido
para la presentación de solicitudes.
b) En situación distinta a la de activo y sin ostentar reserva de plaza: El personal
estatutario fijo que se encuentre en esta situación deberá reunir los requisitos legales y
reglamentarios para incorporarse al servicio activo el último día de presentación de
solicitudes.
Si el personal procediera de la situación de excedencia voluntaria contemplada en
los apartados a) y c) del artículo 67.1 del Estatuto Marco, deberá acreditar la
permanencia en dicha situación durante un tiempo mínimo de dos años.
c) El personal estatutario fijo que se encuentre en situación de servicio activo
ocupando plaza con carácter provisional por reingreso en plazas dependientes de la
Organización Nacional de Trasplantes estará obligado a participar en este concurso,
solicitando, al menos, todas las plazas convocadas de su categoría.
Núm. 265
Sábado 2 de noviembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 139830
la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; por la Ley 55/2003, de 16 de diciembre,
del Estatuto Marco del personal estatutario de los Servicios de Salud, en los términos
previstos en dicha Ley; y por lo dispuesto en el capítulo II, sección 1.ª, del Real Decretoley 1/1999, de 8 de enero, sobre selección de personal estatutario y provisión de plazas
en Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social, en lo que no se oponga a lo dispuesto
en el Estatuto Básico del Empleado Público.
Segunda.
Requisitos de participación.
2.1 Podrá participar en el presente concurso de movilidad voluntaria el personal
estatutario fijo de los centros e instituciones sanitarias de los servicios de salud de las
comunidades autónomas o de los centros y servicios sanitarios de la Administración
General del Estado con nombramiento en propiedad, en la misma o equivalente
categoría a la que se concurse, excepto el personal declarado en suspensión firme
mientras dure la misma.
A efectos de la equivalencia de categorías, se estará a lo establecido en la Orden
SSI/2420/2015, de 11 de noviembre, por la que se actualiza el catálogo homogéneo de
equivalencias de las categorías profesionales del personal estatutario de los servicios de
salud, regulado por Real decreto 184/2015, de 13 de marzo, y que se reproduce en el
anexo VI para la categoría que se convoca.
2.2 De conformidad con lo establecido en el Real Decreto-ley 1/1999, de 8 de
enero, las personas concursantes, en la fecha de expiración del plazo para presentar
solicitudes de esta convocatoria, deberán encontrarse en alguna de las situaciones
siguientes:
En el supuesto de no obtener plaza, habiendo solicitado todas las convocadas en su
categoría, podrá optar por obtener nuevo destino provisional en alguna de las plazas que
resulten vacantes como consecuencia de la resolución del concurso de movilidad
voluntaria o por pasar nuevamente a la situación de excedencia voluntaria. Dicha opción
deberá ejercitarse una vez publicada la resolución definitiva del concurso y, en todo caso,
con carácter previo a la toma de posesión del adjudicatario de la plaza desde la que
concursa.
Quienes, estando en situación de reingreso provisional en plazas de la Organización
Nacional de Trasplantes, no hayan solicitado todas las vacantes ofrecidas en su
categoría o no participen en este concurso de movilidad voluntaria serán declarados de
oficio en situación de excedencia voluntaria y deberán permanecer en la misma, al
cve: BOE-A-2024-22670
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a) Estar en activo o con reserva de plaza: se encuentra en esta situación el
personal estatutario fijo con nombramiento en la misma o equivalente categoría en la que
participa, que se encuentre desempeñando con carácter definitivo o tenga reserva de
plaza de esa categoría en cualquier centro o institución sanitaria de los servicios de
salud de las comunidades autónomas o de los centros y servicios sanitarios de la
Administración General del Estado. Este personal deberá haber tomado posesión de su
plaza con un año de antelación, como mínimo, a la finalización del plazo establecido
para la presentación de solicitudes.
b) En situación distinta a la de activo y sin ostentar reserva de plaza: El personal
estatutario fijo que se encuentre en esta situación deberá reunir los requisitos legales y
reglamentarios para incorporarse al servicio activo el último día de presentación de
solicitudes.
Si el personal procediera de la situación de excedencia voluntaria contemplada en
los apartados a) y c) del artículo 67.1 del Estatuto Marco, deberá acreditar la
permanencia en dicha situación durante un tiempo mínimo de dos años.
c) El personal estatutario fijo que se encuentre en situación de servicio activo
ocupando plaza con carácter provisional por reingreso en plazas dependientes de la
Organización Nacional de Trasplantes estará obligado a participar en este concurso,
solicitando, al menos, todas las plazas convocadas de su categoría.