III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Registro Civil. Gestión informatizada. (BOE-A-2024-22630)
Resolución de 22 de octubre de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se acuerda la entrada en servicio efectiva de la aplicación informática Dicireg en las Oficinas del Registro Civil del Partido Judicial de Torrelavega, para el funcionamiento de las mismas conforme a las previsiones contenidas en la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 264
Viernes 1 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 139507
acordar la entrada en servicio de DICIREG en la Oficina General del Registro Civil de
Torrelavega y en las oficinas colaboradoras del Registro Civil pertenecientes a su partido
judicial de Alfoz de Lloredo, Anievas, Arenas de Iguña, Bárcena de Pie de Concha,
Cabezón de la Sal, Cabuérniga, Cartes, Cieza, Los Corrales de Buelna, Los Tojos,
Mazcuerras, Miengo, Molledo, Polanco, Reocín, Ruente, San Felices de Buelna,
Santillana del Mar y Suances que han de hacerlo simultáneamente con la referida
Oficina General, en aplicación de lo dispuesto en la disposición adicional quinta de la
Ley 20/2011, de 21 de julio.
Por tanto, conforme a la potestad conferida a la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública mediante las disposiciones transitorias cuarta, octava y décima de
la Ley 20/2011, de 21 de julio, que le facultan para dictar la resolución para la
implantación de la aplicación informática que haga posible el comienzo de las
previsiones de dicha ley, dispongo:
Primero.
1. Se aprueba la entrada en servicio efectiva, en las oficinas del Registro Civil del
partido judicial de Torrelavega, que comprende la Oficina General del Registro Civil de
Torrelavega y a las oficinas colaboradoras del Registro Civil de Alfoz de Lloredo,
Anievas, Arenas de Iguña, Bárcena de Pie de Concha, Cabezón de la Sal, Cabuérniga,
Cartes, Cieza, Los Corrales de Buelna, Los Tojos, Mazcuerras, Miengo, Molledo,
Polanco, Reocín, Ruente, San Felices de Buelna, Santillana del Mar y Suances, de la
aplicación informática denominada DICIREG, del Ministerio de la Presidencia, Justicia y
Relaciones con las Cortes, que permite el funcionamiento del Registro Civil conforme a
las previsiones contenidas en la Ley 20/2011, de 21 de julio, a las 00:00 horas del 25 de
noviembre de 2024.
2. El Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes proveerá, en
cuanto al posterior desarrollo tecnológico evolutivo, explotación y mantenimiento, de la
aplicación informática DICIREG.
3. A partir de la fecha de entrada en servicio, la Encargada y el personal que presta
servicio en las Oficinas reseñadas, deberán emplear dicha aplicación informática para la
gestión, tramitación procedimental y práctica de asientos en el Registro Civil.
1. A partir de dicha entrada en servicio efectiva de la aplicación DICIREG, el
Registro Civil de Torrelavega pasará a denominarse Oficina General del Registro Civil de
Torrelavega y los Registros Civiles Municipales Delegados de Alfoz de Lloredo, Anievas,
Arenas de Iguña, Bárcena de Pie de Concha, Cabezón de la Sal, Cabuérniga, Cartes,
Cieza, Los Corrales de Buelna, Los Tojos, Mazcuerras, Miengo, Molledo, Polanco,
Reocín, Ruente, San Felices de Buelna, Santillana del Mar y Suances pasarán a
denominarse oficinas colaboradoras del Registro Civil de Alfoz de Lloredo, Anievas,
Arenas de Iguña, Bárcena de Pie de Concha, Cabezón de la Sal, Cabuérniga, Cartes,
Cieza, Los Corrales de Buelna, Los Tojos, Mazcuerras, Miengo, Molledo, Polanco,
Reocín, Ruente, San Felices de Buelna, Santillana del Mar y Suances, según resultan
creadas en virtud de lo dispuesto en la disposición transitoria octava y en la disposición
adicional quinta, ambas de la Ley 20/2011, de 21 de julio, y serán de aplicación las
demás previsiones contenidas en dicha ley.
2. Mientras no entre en vigor el nuevo Reglamento de Registro Civil, que desarrolle
la Ley 20/2011, de 21 de julio, será de aplicación lo dispuesto en la Instrucción de 16 de
septiembre de 2021, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la
que se acuerdan las pautas y criterios para apoyar la entrada en servicio efectiva de la
aplicación informática DICIREG, conforme a las previsiones contenidas en la
Ley 20/2011, de 21 de julio, modificada por la Instrucción de 3 de junio de 2022, de la
Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública y las demás Instrucciones,
cve: BOE-A-2024-22630
Verificable en https://www.boe.es
Segundo.
Núm. 264
Viernes 1 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 139507
acordar la entrada en servicio de DICIREG en la Oficina General del Registro Civil de
Torrelavega y en las oficinas colaboradoras del Registro Civil pertenecientes a su partido
judicial de Alfoz de Lloredo, Anievas, Arenas de Iguña, Bárcena de Pie de Concha,
Cabezón de la Sal, Cabuérniga, Cartes, Cieza, Los Corrales de Buelna, Los Tojos,
Mazcuerras, Miengo, Molledo, Polanco, Reocín, Ruente, San Felices de Buelna,
Santillana del Mar y Suances que han de hacerlo simultáneamente con la referida
Oficina General, en aplicación de lo dispuesto en la disposición adicional quinta de la
Ley 20/2011, de 21 de julio.
Por tanto, conforme a la potestad conferida a la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública mediante las disposiciones transitorias cuarta, octava y décima de
la Ley 20/2011, de 21 de julio, que le facultan para dictar la resolución para la
implantación de la aplicación informática que haga posible el comienzo de las
previsiones de dicha ley, dispongo:
Primero.
1. Se aprueba la entrada en servicio efectiva, en las oficinas del Registro Civil del
partido judicial de Torrelavega, que comprende la Oficina General del Registro Civil de
Torrelavega y a las oficinas colaboradoras del Registro Civil de Alfoz de Lloredo,
Anievas, Arenas de Iguña, Bárcena de Pie de Concha, Cabezón de la Sal, Cabuérniga,
Cartes, Cieza, Los Corrales de Buelna, Los Tojos, Mazcuerras, Miengo, Molledo,
Polanco, Reocín, Ruente, San Felices de Buelna, Santillana del Mar y Suances, de la
aplicación informática denominada DICIREG, del Ministerio de la Presidencia, Justicia y
Relaciones con las Cortes, que permite el funcionamiento del Registro Civil conforme a
las previsiones contenidas en la Ley 20/2011, de 21 de julio, a las 00:00 horas del 25 de
noviembre de 2024.
2. El Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes proveerá, en
cuanto al posterior desarrollo tecnológico evolutivo, explotación y mantenimiento, de la
aplicación informática DICIREG.
3. A partir de la fecha de entrada en servicio, la Encargada y el personal que presta
servicio en las Oficinas reseñadas, deberán emplear dicha aplicación informática para la
gestión, tramitación procedimental y práctica de asientos en el Registro Civil.
1. A partir de dicha entrada en servicio efectiva de la aplicación DICIREG, el
Registro Civil de Torrelavega pasará a denominarse Oficina General del Registro Civil de
Torrelavega y los Registros Civiles Municipales Delegados de Alfoz de Lloredo, Anievas,
Arenas de Iguña, Bárcena de Pie de Concha, Cabezón de la Sal, Cabuérniga, Cartes,
Cieza, Los Corrales de Buelna, Los Tojos, Mazcuerras, Miengo, Molledo, Polanco,
Reocín, Ruente, San Felices de Buelna, Santillana del Mar y Suances pasarán a
denominarse oficinas colaboradoras del Registro Civil de Alfoz de Lloredo, Anievas,
Arenas de Iguña, Bárcena de Pie de Concha, Cabezón de la Sal, Cabuérniga, Cartes,
Cieza, Los Corrales de Buelna, Los Tojos, Mazcuerras, Miengo, Molledo, Polanco,
Reocín, Ruente, San Felices de Buelna, Santillana del Mar y Suances, según resultan
creadas en virtud de lo dispuesto en la disposición transitoria octava y en la disposición
adicional quinta, ambas de la Ley 20/2011, de 21 de julio, y serán de aplicación las
demás previsiones contenidas en dicha ley.
2. Mientras no entre en vigor el nuevo Reglamento de Registro Civil, que desarrolle
la Ley 20/2011, de 21 de julio, será de aplicación lo dispuesto en la Instrucción de 16 de
septiembre de 2021, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la
que se acuerdan las pautas y criterios para apoyar la entrada en servicio efectiva de la
aplicación informática DICIREG, conforme a las previsiones contenidas en la
Ley 20/2011, de 21 de julio, modificada por la Instrucción de 3 de junio de 2022, de la
Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública y las demás Instrucciones,
cve: BOE-A-2024-22630
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Segundo.