III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Registro Civil. Gestión informatizada. (BOE-A-2024-22628)
Resolución de 22 de octubre de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se acuerda la entrada en servicio efectiva de la aplicación informática Dicireg en las Oficinas del Registro Civil del Partido Judicial de San Vicente de la Barquera, para el funcionamiento de las mismas conforme a las previsiones contenidas en la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 264
Viernes 1 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 139501
dar el siguiente paso en esta puesta en marcha del nuevo modelo y, tras llevar a cabo las
tareas preparatorias y de formación correspondientes en estos meses anteriores,
acordar la entrada en servicio de DICIREG en la Oficina General del Registro Civil de
San Vicente de la Barquera y en las oficinas colaboradoras del Registro Civil
pertenecientes a su partido judicial de Cabezón de Liébana, Camaleño, Cillorigo de
Liébana, Comillas, Herrerías, Lamasón, Peñarrubia, Pesaguero, Polaciones, Potes,
Rionansa, Ruiloba, Tresviso, Tudanca, Udías, Val de San Vicente, Valdáliga y Vega de
Liébana que han de hacerlo simultáneamente con la referida Oficina General, en
aplicación de lo dispuesto en la Disposición adicional quinta de la Ley 20/2011, de 21 de
julio.
Por tanto, conforme a la potestad conferida a la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública mediante las disposiciones transitorias cuarta, octava y décima de
la Ley 20/2011, de 21 de julio, que le facultan para dictar la resolución para la
implantación de la aplicación informática que haga posible el comienzo de las
previsiones de dicha ley, dispongo:
Primero.
1. Se aprueba la entrada en servicio efectiva, en las oficinas del Registro Civil del
partido judicial de San Vicente de la Barquera, que comprende la Oficina General del
Registro Civil de San Vicente de la Barquera y a las oficinas colaboradoras del Registro
Civil de Cabezón de Liébana, Camaleño, Cillorigo de Liébana, Comillas, Herrerías,
Lamasón, Peñarrubia, Pesaguero, Polaciones, Potes, Rionansa, Ruiloba, Tresviso,
Tudanca, Udías, Val de San Vicente, Valdáliga y Vega de Liébana, de la aplicación
informática denominada DICIREG, del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones
con las Cortes, que permite el funcionamiento del Registro Civil conforme a las
previsiones contenidas en la Ley 20/2011, de 21 de julio, a las 00:00 horas del 18 de
noviembre de 2024.
2. El Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes proveerá, en
cuanto al posterior desarrollo tecnológico evolutivo, explotación y mantenimiento, de la
aplicación informática DICIREG.
3. A partir de la fecha de entrada en servicio, la Encargada y el personal que presta
servicio en las Oficinas reseñadas, deberán emplear dicha aplicación informática para la
gestión, tramitación procedimental y práctica de asientos en el Registro Civil.
1. A partir de dicha entrada en servicio efectiva de la aplicación DICIREG, el
Registro Civil de San Vicente de la Barquera pasará a denominarse Oficina General del
Registro Civil de San Vicente de la Barquera y los Registros Civiles Municipales
Delegados de Cabezón de Liébana, Camaleño, Cillorigo de Liébana, Comillas, Herrerías,
Lamasón, Peñarrubia, Pesaguero, Polaciones, Potes, Rionansa, Ruiloba, Tresviso,
Tudanca, Udías, Val de San Vicente, Valdáliga y Vega de Liébana pasarán a
denominarse oficinas colaboradoras del Registro Civil de Cabezón de Liébana,
Camaleño, Cillorigo de Liébana, Comillas, Herrerías, Lamasón, Peñarrubia, Pesaguero,
Polaciones, Potes, Rionansa, Ruiloba, Tresviso, Tudanca, Udías, Val de San Vicente,
Valdáliga y Vega de Liébana, según resultan creadas en virtud de lo dispuesto en la
disposición transitoria octava y en la disposición adicional quinta, ambas de la
Ley 20/2011, de 21 de julio, y serán de aplicación las demás previsiones contenidas en
dicha Ley.
2. Mientras no entre en vigor el nuevo Reglamento de Registro Civil, que desarrolle
la Ley 20/2011, de 21 de julio, será de aplicación lo dispuesto en la Instrucción de 16 de
septiembre de 2021, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la
que se acuerdan las pautas y criterios para apoyar la entrada en servicio efectiva de la
aplicación informática DICIREG, conforme a las previsiones contenidas en la
cve: BOE-A-2024-22628
Verificable en https://www.boe.es
Segundo.
Núm. 264
Viernes 1 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 139501
dar el siguiente paso en esta puesta en marcha del nuevo modelo y, tras llevar a cabo las
tareas preparatorias y de formación correspondientes en estos meses anteriores,
acordar la entrada en servicio de DICIREG en la Oficina General del Registro Civil de
San Vicente de la Barquera y en las oficinas colaboradoras del Registro Civil
pertenecientes a su partido judicial de Cabezón de Liébana, Camaleño, Cillorigo de
Liébana, Comillas, Herrerías, Lamasón, Peñarrubia, Pesaguero, Polaciones, Potes,
Rionansa, Ruiloba, Tresviso, Tudanca, Udías, Val de San Vicente, Valdáliga y Vega de
Liébana que han de hacerlo simultáneamente con la referida Oficina General, en
aplicación de lo dispuesto en la Disposición adicional quinta de la Ley 20/2011, de 21 de
julio.
Por tanto, conforme a la potestad conferida a la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública mediante las disposiciones transitorias cuarta, octava y décima de
la Ley 20/2011, de 21 de julio, que le facultan para dictar la resolución para la
implantación de la aplicación informática que haga posible el comienzo de las
previsiones de dicha ley, dispongo:
Primero.
1. Se aprueba la entrada en servicio efectiva, en las oficinas del Registro Civil del
partido judicial de San Vicente de la Barquera, que comprende la Oficina General del
Registro Civil de San Vicente de la Barquera y a las oficinas colaboradoras del Registro
Civil de Cabezón de Liébana, Camaleño, Cillorigo de Liébana, Comillas, Herrerías,
Lamasón, Peñarrubia, Pesaguero, Polaciones, Potes, Rionansa, Ruiloba, Tresviso,
Tudanca, Udías, Val de San Vicente, Valdáliga y Vega de Liébana, de la aplicación
informática denominada DICIREG, del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones
con las Cortes, que permite el funcionamiento del Registro Civil conforme a las
previsiones contenidas en la Ley 20/2011, de 21 de julio, a las 00:00 horas del 18 de
noviembre de 2024.
2. El Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes proveerá, en
cuanto al posterior desarrollo tecnológico evolutivo, explotación y mantenimiento, de la
aplicación informática DICIREG.
3. A partir de la fecha de entrada en servicio, la Encargada y el personal que presta
servicio en las Oficinas reseñadas, deberán emplear dicha aplicación informática para la
gestión, tramitación procedimental y práctica de asientos en el Registro Civil.
1. A partir de dicha entrada en servicio efectiva de la aplicación DICIREG, el
Registro Civil de San Vicente de la Barquera pasará a denominarse Oficina General del
Registro Civil de San Vicente de la Barquera y los Registros Civiles Municipales
Delegados de Cabezón de Liébana, Camaleño, Cillorigo de Liébana, Comillas, Herrerías,
Lamasón, Peñarrubia, Pesaguero, Polaciones, Potes, Rionansa, Ruiloba, Tresviso,
Tudanca, Udías, Val de San Vicente, Valdáliga y Vega de Liébana pasarán a
denominarse oficinas colaboradoras del Registro Civil de Cabezón de Liébana,
Camaleño, Cillorigo de Liébana, Comillas, Herrerías, Lamasón, Peñarrubia, Pesaguero,
Polaciones, Potes, Rionansa, Ruiloba, Tresviso, Tudanca, Udías, Val de San Vicente,
Valdáliga y Vega de Liébana, según resultan creadas en virtud de lo dispuesto en la
disposición transitoria octava y en la disposición adicional quinta, ambas de la
Ley 20/2011, de 21 de julio, y serán de aplicación las demás previsiones contenidas en
dicha Ley.
2. Mientras no entre en vigor el nuevo Reglamento de Registro Civil, que desarrolle
la Ley 20/2011, de 21 de julio, será de aplicación lo dispuesto en la Instrucción de 16 de
septiembre de 2021, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la
que se acuerdan las pautas y criterios para apoyar la entrada en servicio efectiva de la
aplicación informática DICIREG, conforme a las previsiones contenidas en la
cve: BOE-A-2024-22628
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Segundo.