II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. MINISTERIO DE CULTURA. Destinos. (BOE-A-2024-22457)
Resolución de 24 de octubre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se resuelve la convocatoria de libre designación, efectuada por Resolución de 17 de septiembre de 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 263
Jueves 31 de octubre de 2024
Sec. II.A. Pág. 139095
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias
MINISTERIO DE CULTURA
22457
Resolución de 24 de octubre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se
resuelve la convocatoria de libre designación, efectuada por Resolución de
17 de septiembre de 2024.
Por Resolución de 17 de septiembre de 2024 («Boletín Oficial del Estado» del día 19
de septiembre), se anunció convocatoria pública para cubrir, por el sistema de libre
designación, un puesto de trabajo en este departamento, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 20.1.b) y c) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para
la Reforma de la Función Pública, y 127 del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de
diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia,
función pública, régimen local y mecenazgo.
Acreditada la observancia de lo previsto en el artículo 4.3 de la Orden TDF/379/2024,
de 26 de abril, para la regulación de especialidades de los procedimientos de provisión
de puestos del personal directivo público profesional y las herramientas para su gestión
en el marco de lo dispuesto en el Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el
que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública,
régimen local y mecenazgo, así como el cumplimiento de los requisitos y
especificaciones exigidos en la convocatoria y la idoneidad para el desempeño del
puesto, de acuerdo con la valoración efectuada por los Asesores expertos designados,
esta Subsecretaría dispone resolver la referida convocatoria en los términos que se
expresan en el anexo.
El régimen de toma de posesión del nuevo destino será el establecido en el
artículo 48, al que remite el artículo 57, del Reglamento General de Ingreso del Personal
al servicio de la Administración general del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo
y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración general del
Estado, aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
Madrid, 24 de octubre de 2024.–La Subsecretaria de Cultura, María del Carmen
Páez Soria.
cve: BOE-A-2024-22457
Verificable en https://www.boe.es
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá
interponerse en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su
publicación, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid o del que corresponda al
domicilio del demandante, a elección del mismo, conforme a lo establecido en los
artículos 10.1.i) y 14.1 Segunda de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa o, potestativamente y con carácter previo,
recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la ha dictado, de
acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Núm. 263
Jueves 31 de octubre de 2024
Sec. II.A. Pág. 139095
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias
MINISTERIO DE CULTURA
22457
Resolución de 24 de octubre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se
resuelve la convocatoria de libre designación, efectuada por Resolución de
17 de septiembre de 2024.
Por Resolución de 17 de septiembre de 2024 («Boletín Oficial del Estado» del día 19
de septiembre), se anunció convocatoria pública para cubrir, por el sistema de libre
designación, un puesto de trabajo en este departamento, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 20.1.b) y c) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para
la Reforma de la Función Pública, y 127 del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de
diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia,
función pública, régimen local y mecenazgo.
Acreditada la observancia de lo previsto en el artículo 4.3 de la Orden TDF/379/2024,
de 26 de abril, para la regulación de especialidades de los procedimientos de provisión
de puestos del personal directivo público profesional y las herramientas para su gestión
en el marco de lo dispuesto en el Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el
que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública,
régimen local y mecenazgo, así como el cumplimiento de los requisitos y
especificaciones exigidos en la convocatoria y la idoneidad para el desempeño del
puesto, de acuerdo con la valoración efectuada por los Asesores expertos designados,
esta Subsecretaría dispone resolver la referida convocatoria en los términos que se
expresan en el anexo.
El régimen de toma de posesión del nuevo destino será el establecido en el
artículo 48, al que remite el artículo 57, del Reglamento General de Ingreso del Personal
al servicio de la Administración general del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo
y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración general del
Estado, aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
Madrid, 24 de octubre de 2024.–La Subsecretaria de Cultura, María del Carmen
Páez Soria.
cve: BOE-A-2024-22457
Verificable en https://www.boe.es
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá
interponerse en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su
publicación, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid o del que corresponda al
domicilio del demandante, a elección del mismo, conforme a lo establecido en los
artículos 10.1.i) y 14.1 Segunda de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa o, potestativamente y con carácter previo,
recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la ha dictado, de
acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.