I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Tratados internacionales. (BOE-A-2024-22441)
Enmienda del Acuerdo sobre la creación del Fondo Africano de Desarrollo, adoptada por el Consejo de Gobernadores el 16 de noviembre de 1992 mediante Resolución F/BG/92/10.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 263

Jueves 31 de octubre de 2024

Sec. I. Pág. 139036

I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA
Y COOPERACIÓN
22441

Enmienda del Acuerdo sobre la creación del Fondo Africano de Desarrollo,
adoptada por el Consejo de Gobernadores el 16 de noviembre de 1992
mediante Resolución F/BG/92/10.
RESOLUCIÓN F/BG/92/10

Relativa a la nueva unidad de cuenta del Fondo Africano de Desarrollo (adoptada
mediante voto por correo el 16 de noviembre de 1992)
El Consejo de Gobernadores,
Teniendo en cuenta los artículos 1, 17, 26 y 51 del Acuerdo sobre creación del Fondo
Africano de Desarrollo (el «Fondo»);
Teniendo en cuenta el artículo 3, relativo al procedimiento especial de voto por correo
del Reglamento General del Fondo;
Considerando que el Consejo de Administración aprobó, durante su 221.ª sesión, el
documento ADF/BD/WP/92/08 relativo a la adopción de una nueva unidad de cuenta
para el Fondo, cuyo valor será idéntico a la unidad de cuenta del Banco Africano de
Desarrollo, y que solicitó la remisión de la presente Resolución a los Gobernadores para
someterla a voto por correo;
Aceptando dicha Recomendación por los motivos expuestos en el mencionado
documento;
Decide modificar la unidad de cuenta del Fondo mediante la enmienda de su
definición en el artículo 1, parágrafo 1 del Acuerdo sobre creación del Fondo, como
sigue:
«Se entenderá por “unidad de cuenta” la unidad de cuenta que esté siendo utilizada
en ese momento por el Banco Africano de Desarrollo.»
Además, decide que, después de que se haya adoptado la enmienda anterior de
conformidad con las disposiciones del artículo 51 del Acuerdo sobre creación del Fondo,
esta entrará en vigor el 31 de diciembre de 1992, o en cualquier fecha posterior que
decida el Consejo de Administración.

La presente Enmienda entró en vigor, con carácter general y para España, el 1 de
enero de 1993, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 51 del Acuerdo
constitutivo del Fondo Africano de Desarrollo.
Madrid, a 24 de octubre de 2024. La Secretaria General Técnica, Rosa Velázquez
Álvarez.

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