V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA. (BOE-B-2024-39421)
Anuncio de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos, Industria, Energía y Minas de la Junta de Andalucía en Almería por la que se convoca el levantamiento de actas previas a la ocupación de las fincas afectadas por el proyecto denominado "Proyecto fotovoltaico "Tabernas Solar 3" y su línea de evacuación soterrada en 132 kV con origen en la subestación "Tabernas Solar 3" 30/132 kV y fin en la subestación de promotores "Tabernas Renovables" 132/400 kV", sito en el término municipal de Tabernas (Almería). Expediente: PERE 1652 - LAT 6845.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 263

Jueves 31 de octubre de 2024

Sec. V-B. Pág. 61530

V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA

39421

Anuncio de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos
Europe os, Industria, Ene rgía y Minas de la Junta de Andalucía e n
Almería por la que se convoca el levantamiento de actas previas a la
ocupación de las fincas afe ctadas por e l proye cto de nominado
"Proyecto fotovoltaico "Tabernas Solar 3" y su línea de evacuación
soterrada en 132 kV con origen en la subestación "Tabernas Solar 3"
30/132 kV y fin e n la sube stación de promotore s "Tabe rnas
Renovables" 132/400 kV", sito en el término municipal de Tabernas
(Almería). Expediente: PERE 1652 - LAT 6845.

Por Resolución de esta Delegación Territorial de fecha 9 de abril de 2024 se
acordó la declaración, en concreto, de utilidad pública del proyecto denominado
"Proyecto fotovoltaico "Tabernas Solar 3" y su línea de evacuación soterrada en
132 kV con origen en la subestación "Tabernas Solar 3" 30/132 kV y fin en la
subestación de promotores "Tabernas Renovables" 132/400 kV", sito en el término
municipal de Tabernas, número de expediente PERE 1652/LAT 6845.
Anteriormente, se había concedido autorización administrativa previa y de
construcción de dicha instalación mediante resoluciones de fecha 21 de marzo de
2023 y 30 de junio de 2023, respectivamente. De acuerdo con lo establecido en la
Ley 24/2013, de 26 de diciembre del Sector Eléctrico, esta declaración en concreto
de utilidad pública lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes y
derechos afectados e implica su urgente ocupación, a los efectos del artículo 52 de
la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954.

Todos los interesados, así como las personas que sean titulares de
cualesquiera clase de derechos e intereses sobre los bienes afectados, deberán
acudir personalmente o representados por persona debidamente autorizada,
aportando los documentos acreditativos de su titularidad (Nota Simple de Registro
y Escritura Pública) y el último recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles,
pudiéndose acompañar, a su costa, de sus Peritos y un Notario, si lo estiman
oportuno. Igualmente, y de acuerdo con lo dispuesto en el art. 56.2 del Reglamento
de Expropiación Forzosa, los propietarios y demás titulares podrán formular, ante
esta Delegación Territorial, cuantas alegaciones estimen oportunas, a los solos
efectos de subsanar los posibles errores al relacionar los bienes y derechos
afectados.
El orden de levantamiento de Actas se comunicará a los interesados mediante
la oportuna cédula de citación individual, publicándose en el B.O.E., B.O.J.A.,
B.O.P. de Almería, y en dos diarios de mayor circulación de la provincia, así como
en el tablón oficial del Ayuntamiento de Tabernas, señalando que las citadas
publicaciones se realizan igualmente, a los efectos que determina el artículo 44 de
la Ley 39/2015, de 1 octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las

cve: BOE-B-2024-39421
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Esta Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos,
Industria, Energía y Minas de la Junta de Andalucía en Almería, en cumplimiento
con lo dispuesto en el citado artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, ha
resuelto convocar a los titulares de bienes y derechos afectados el día, hora y lugar
que figura en relación anexa para, de conformidad con el procedimiento
establecido en el mismo, llevar a cabo el levantamiento de las actas previas a la
ocupación de los bienes y derechos afectados por el proyecto arriba indicado, y si
procediera, las de ocupación definitiva.