I. Disposiciones generales. TRIBUNAL SUPREMO. Sentencias. (BOE-A-2024-22209)
Sentencia de 3 de octubre de 2024, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que declara estimar el recurso contencioso-administrativo número 755/2023 contra el Real Decreto 667/2023, de 18 de julio, por el que se crea la Comisión Interministerial para el desarrollo y mejora de la inclusión de las cláusulas sociales en la contratación pública.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 261
Martes 29 de octubre de 2024
Sec. I. Pág. 138159
I. DISPOSICIONES GENERALES
TRIBUNAL SUPREMO
22209
Sentencia de 3 de octubre de 2024, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo,
que declara estimar el recurso contencioso-administrativo número 755/2023
contra el Real Decreto 667/2023, de 18 de julio, por el que se crea la
Comisión Interministerial para el desarrollo y mejora de la inclusión de las
cláusulas sociales en la contratación pública.
En el recurso contencioso-administrativo número 755/2023, contra el Real
Decreto 667/2023, de 18 de julio, por el que se crea la Comisión Interministerial para el
desarrollo y mejora de la inclusión de las cláusulas sociales en la contratación pública, la
Sala Tercera (Sección Cuarta) del Tribunal Supremo ha dictado sentencia con fecha 3 de
octubre de 2024 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
FALLO
Por todo lo expuesto, en nombre del Rey y por la autoridad que le confiere la
Constitución, esta Sala ha decidido:
1.º Estimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación
procesal de la Confederación Nacional de la Construcción contra el Real
Decreto 667/2023, de 18 de julio, por el que se crea la Comisión Interministerial para el
desarrollo y mejora de la inclusión de las cláusulas sociales en la contratación pública,
cuya nulidad declaramos.
2.º En materia de costas procesales, estese a lo dicho en el último de los
fundamentos de Derecho.
3.º Publíquese el fallo de esta sentencia en el «Boletín Oficial del Estado».
Notifíquese esta resolución a las partes e insértese en la colección legislativa.
cve: BOE-A-2024-22209
Verificable en https://www.boe.es
Así se acuerda y firma. Los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.
D. Pablo Lucas Murillo de la Cueva, presidente; D. Luis María Díez-Picazo Giménez;
D.ª María del Pilar Teso Gamella; D. Antonio Jesús Fonseca-Herrero Raimundo; D. José
Luis Requero Ibáñez. Firmado.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 261
Martes 29 de octubre de 2024
Sec. I. Pág. 138159
I. DISPOSICIONES GENERALES
TRIBUNAL SUPREMO
22209
Sentencia de 3 de octubre de 2024, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo,
que declara estimar el recurso contencioso-administrativo número 755/2023
contra el Real Decreto 667/2023, de 18 de julio, por el que se crea la
Comisión Interministerial para el desarrollo y mejora de la inclusión de las
cláusulas sociales en la contratación pública.
En el recurso contencioso-administrativo número 755/2023, contra el Real
Decreto 667/2023, de 18 de julio, por el que se crea la Comisión Interministerial para el
desarrollo y mejora de la inclusión de las cláusulas sociales en la contratación pública, la
Sala Tercera (Sección Cuarta) del Tribunal Supremo ha dictado sentencia con fecha 3 de
octubre de 2024 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
FALLO
Por todo lo expuesto, en nombre del Rey y por la autoridad que le confiere la
Constitución, esta Sala ha decidido:
1.º Estimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación
procesal de la Confederación Nacional de la Construcción contra el Real
Decreto 667/2023, de 18 de julio, por el que se crea la Comisión Interministerial para el
desarrollo y mejora de la inclusión de las cláusulas sociales en la contratación pública,
cuya nulidad declaramos.
2.º En materia de costas procesales, estese a lo dicho en el último de los
fundamentos de Derecho.
3.º Publíquese el fallo de esta sentencia en el «Boletín Oficial del Estado».
Notifíquese esta resolución a las partes e insértese en la colección legislativa.
cve: BOE-A-2024-22209
Verificable en https://www.boe.es
Así se acuerda y firma. Los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.
D. Pablo Lucas Murillo de la Cueva, presidente; D. Luis María Díez-Picazo Giménez;
D.ª María del Pilar Teso Gamella; D. Antonio Jesús Fonseca-Herrero Raimundo; D. José
Luis Requero Ibáñez. Firmado.
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