III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES. Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. Convenio. (BOE-A-2024-22291)
Resolución de 23 de octubre de 2024, de la Secretaría de Estado de Ciencia, Innovación y Universidades, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha y la Universidad de Castilla-La Mancha, para la implementación del Programa de incorporación de talento docente e investigador a las universidades públicas españolas, en ejecución de lo dispuesto en el capítulo IV de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del sistema universitario.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 261
Martes 29 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 138380
para la ejecución del Programa de Incorporación de Talento Docente e Investigador a las
Universidades Públicas Españolas, con objeto de mejorar la calidad docente e
investigadora del profesorado de la Universidad de Castilla-La Mancha, mediante la
participación de este Departamento en dicho Programa, así como de favorecer el
rejuvenecimiento de las plantillas.
Mediante el presente convenio se da cumplimiento a lo dispuesto en el
artículo 86.2.cuarta de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria,
formalizándose los compromisos financieros derivados de la distribución de créditos
acordada por la Conferencia General de Política Universitaria en su sesión del día 19 de
junio de 2024.
Segunda.
1.
Objeto del convenio.
Constituye el objeto del presente convenio.
a. Implementar de forma equilibrada el Programa de Incorporación de Talento
Docente e Investigador en las Universidades Públicas Españolas en Castilla-La Mancha,
mediante el cual se cubrirán las necesidades de nuevo profesorado derivadas de la
implementación de las dedicaciones docentes en determinadas categorías del personal
docente e investigador que establece el capítulo IV de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de
marzo, del Sistema Universitario, en su ámbito la Universidad de Castilla-La Mancha
como universidad pública presente y con sede en el territorio de la Comunidad de
Castilla-La Mancha.
b. Cubrir específicamente las necesidades docentes derivadas de los cambios de
dedicación del Profesorado/a Asociado/a y del Profesorado Ayudante Doctor.
c. Incorporar y provisionar nuevas plazas de profesorado en el marco de este
Programa mediante la figura del Profesor/a Ayudante Doctor, según lo descrito en el
anexo del presente convenio. Dicho anexo incorpora la información sobre plazas que a
nivel de CCAA se incluye en el Acuerdo del Pleno de la Conferencia General de Política
Universitaria aprobado el 19 de junio de 2024, tanto en el articulado del mismo como en
el anexo.
d. Reducir las tasas de temporalidad de la plantilla de profesorado de la
Universidad de Castilla-La Mancha, para que en el curso 2027-2028 se cumpla con los
valores al respecto establecidos en la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo.
Tercera. Financiación.
Cuarta. Obligaciones de las partes.
1. Corresponde al Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades (en adelante
MCIU), en el ámbito del presente convenio:
a. Aportar a la Consejería de Educación, Cultura y Deportes de la Junta de
Comunidades de Castilla-La Mancha, con cargo a su presupuesto de gastos y de
acuerdo con las disponibilidades presupuestarias, una cantidad máxima de 1.309.003
euros, con objeto de hacer frente al coste derivado de la creación y provisión de 96
cve: BOE-A-2024-22291
Verificable en https://www.boe.es
El Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, a través de la Secretaría
General de Universidades asume, con cargo a este convenio, un gasto máximo de un
millón trescientos nueve mil tres euros, (1.309.003 €) con cargo a la aplicación
presupuestaria 28.09.322C.450 de los Presupuestos Generales del Estado de 2023
prorrogados para 2024.
Los créditos se librarán y harán efectivos por cuartas partes en la segunda quincena
natural de cada trimestre, a excepción del pago correspondiente al primer trimestre, que
sólo podrá hacerse efectivo una vez suscrito el presente convenio, de acuerdo con lo
establecido en el artículo 86.quinta de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General
Presupuestaria.
Núm. 261
Martes 29 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 138380
para la ejecución del Programa de Incorporación de Talento Docente e Investigador a las
Universidades Públicas Españolas, con objeto de mejorar la calidad docente e
investigadora del profesorado de la Universidad de Castilla-La Mancha, mediante la
participación de este Departamento en dicho Programa, así como de favorecer el
rejuvenecimiento de las plantillas.
Mediante el presente convenio se da cumplimiento a lo dispuesto en el
artículo 86.2.cuarta de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria,
formalizándose los compromisos financieros derivados de la distribución de créditos
acordada por la Conferencia General de Política Universitaria en su sesión del día 19 de
junio de 2024.
Segunda.
1.
Objeto del convenio.
Constituye el objeto del presente convenio.
a. Implementar de forma equilibrada el Programa de Incorporación de Talento
Docente e Investigador en las Universidades Públicas Españolas en Castilla-La Mancha,
mediante el cual se cubrirán las necesidades de nuevo profesorado derivadas de la
implementación de las dedicaciones docentes en determinadas categorías del personal
docente e investigador que establece el capítulo IV de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de
marzo, del Sistema Universitario, en su ámbito la Universidad de Castilla-La Mancha
como universidad pública presente y con sede en el territorio de la Comunidad de
Castilla-La Mancha.
b. Cubrir específicamente las necesidades docentes derivadas de los cambios de
dedicación del Profesorado/a Asociado/a y del Profesorado Ayudante Doctor.
c. Incorporar y provisionar nuevas plazas de profesorado en el marco de este
Programa mediante la figura del Profesor/a Ayudante Doctor, según lo descrito en el
anexo del presente convenio. Dicho anexo incorpora la información sobre plazas que a
nivel de CCAA se incluye en el Acuerdo del Pleno de la Conferencia General de Política
Universitaria aprobado el 19 de junio de 2024, tanto en el articulado del mismo como en
el anexo.
d. Reducir las tasas de temporalidad de la plantilla de profesorado de la
Universidad de Castilla-La Mancha, para que en el curso 2027-2028 se cumpla con los
valores al respecto establecidos en la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo.
Tercera. Financiación.
Cuarta. Obligaciones de las partes.
1. Corresponde al Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades (en adelante
MCIU), en el ámbito del presente convenio:
a. Aportar a la Consejería de Educación, Cultura y Deportes de la Junta de
Comunidades de Castilla-La Mancha, con cargo a su presupuesto de gastos y de
acuerdo con las disponibilidades presupuestarias, una cantidad máxima de 1.309.003
euros, con objeto de hacer frente al coste derivado de la creación y provisión de 96
cve: BOE-A-2024-22291
Verificable en https://www.boe.es
El Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, a través de la Secretaría
General de Universidades asume, con cargo a este convenio, un gasto máximo de un
millón trescientos nueve mil tres euros, (1.309.003 €) con cargo a la aplicación
presupuestaria 28.09.322C.450 de los Presupuestos Generales del Estado de 2023
prorrogados para 2024.
Los créditos se librarán y harán efectivos por cuartas partes en la segunda quincena
natural de cada trimestre, a excepción del pago correspondiente al primer trimestre, que
sólo podrá hacerse efectivo una vez suscrito el presente convenio, de acuerdo con lo
establecido en el artículo 86.quinta de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General
Presupuestaria.