III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Comunidades autónomas. Convenio. (BOE-A-2024-22292)
Resolución de 13 de mayo de 2024, de la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P., por la que se publica el Convenio con la agrupación de entidades formada por la Universidad Carlos III, la Universidad de Alicante, la Universidad Autónoma de Madrid, la Universitat Pompeu Fabra, la Universidad de Santiago de Compostela, la Universitat de València, el Observatorio del Impacto Social y Ético de la Inteligencia Artificial-OdiseIA, el Consejo General de la Abogacía Española, la Fundación Cotec, y el Ilustre Colegio de Abogados de Valencia, para impulsar la implementación de la Carta de derechos digitales en el ámbito de los derechos en los nuevos entornos digitales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 29 de octubre de 2024

Sec. III. Pág. 138389

de Investigación, Dra. Cristina Pujades Corbi, en virtud de las atribuciones que le
confiere el artículo 3 de la Resolución de la Rectora de 10 de marzo 2023, de delegación
de competencias en los vicerrectores y en el secretario general.
– Universidad de Santiago de Compostela (en adelante USC), con domicilio en Praza
do Obradoiro, 15705 Santiago de Compostela, A Coruña, y CIF Q1518001A, representada
por don Antonio López Díaz, en su calidad de Rector Magnífico de la Universidad de
Santiago de Compostela en virtud del Decreto 35/2022, de 17 de marzo (DOG 22 de marzo
de 2022), de su nombramiento, y por las facultades conferidas por la Ley Orgánica 2/2023,
del Sistema Universitario, de 22 de marzo y el Decreto 14/2014, de 30 de enero, por lo que
se aprueban los estatutos de la Universidad de Santiago de Compostela.
– Universidad de Valencia (en adelante UV), con domicilio en Valencia, avenida de
Blasco Ibáñez, 13, CP 46010, Valencia y CIF Q4618001D, representada por doña M.ª
Vicenta Mestre Escrivá, en su calidad de Rectora Magnífica de la Universitat de València,
Estudi General, en virtud de las competencias atribuidas a su favor por el artículo 20.1 de
la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades y el artículo 94 de los
Estatutos de la Universitat de València.
– Odiseia, con domicilio en Madrid, Paseo de Juan XXIII, 3, CP 28040, Madrid y CIF
G88555354, representada por doña Idoia Salazar García, mayor de edad, Presidenta, y
de la cual tiene concedido poder en escritura otorgada ante el Notario de Madrid don
Benito Martín Ortega el 12 de marzo de 2021, poder que no le ha sido derogado.
– Consejo General de la Abogacía Española (en adelante, CGAE), con domicilio en
Madrid, Paseo de Recoletos, 13, CP 28004, Madrid 28010 y CIF 28010 y06-I,
representada por doña Victoria Ortega Benito, mayor de edad, Presidenta, en virtud de
su elección para dicho cargo por el Pleno del Consejo General en su reunión de fecha
de 17 de enero de 2020.
– Fundación COTEC, con domicilio Madrid, calle Cea Bermúdez, 3, CP 28003 y CIF
G80380561, representada por don Jorge Barrero Fonticoba, mayor de edad, Director
General de la Fundación, domiciliada en calle Cea Bermúdez, 3, 28003, Madrid y CIF
G80380561, constituida por tiempo indefinido mediante escritura autorizada con fecha 14
de Julio de 1992 ante el Notario de Madrid Don José Manuel Pérez Jofre Esteban, bajo
el número 1.809 de orden de su protocolo (en adelante «COTEC» o, «La Fundación
COTEC») e inscrita en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Cultura, con el
número 203, por Orden de 22 de septiembre de 1992 (BOE de 21 de octubre siguiente).
– Ilustre Colegio de Abogados de Valencia (en adelante ICAV) con domicilio en
Valencia, Plaza Tetuán, 16, CP 46003, Valencia y CIF Q4663001H, representada por don
José Soriano Poves, mayor de edad, Decano, en uso de las facultades que tiene conferidas
en virtud de su cargo como decano del ICAV, en virtud del artículo 81.1 de sus Estatutos.
Red.es y el Grupo de Entidades en adelante podrán denominarse, individualmente
«la Parte» y, conjuntamente «las Partes».
Todas las partes, en el concepto que concurren y reconociéndose competencia y
capacidad legal suficiente para obligarse por el presente convenio,
EXPONEN
I
Que Red.es es una Entidad Pública Empresarial, M.P., adscrita al Ministerio para la
Transformación Digital y de la Función Pública a través de la Secretaría de Estado de
Digitalización e Inteligencia Artificial, y tiene como función impulsar el fomento y
desarrollo de la sociedad de la información en España. Las funciones de Red.es le han
sido legalmente atribuidas en virtud de la norma prevista en la disposición adicional
decimosexta de la Ley 9/2014, de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones. Red.es
tiene encomendado un papel esencial en la ejecución y despliegue de medidas
contempladas en la Agenda España Digital 2026 y en el Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia del Gobierno de España.

cve: BOE-A-2024-22292
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 261