III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Comunidades autónomas. Convenio. (BOE-A-2024-22292)
Resolución de 13 de mayo de 2024, de la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P., por la que se publica el Convenio con la agrupación de entidades formada por la Universidad Carlos III, la Universidad de Alicante, la Universidad Autónoma de Madrid, la Universitat Pompeu Fabra, la Universidad de Santiago de Compostela, la Universitat de València, el Observatorio del Impacto Social y Ético de la Inteligencia Artificial-OdiseIA, el Consejo General de la Abogacía Española, la Fundación Cotec, y el Ilustre Colegio de Abogados de Valencia, para impulsar la implementación de la Carta de derechos digitales en el ámbito de los derechos en los nuevos entornos digitales.
27 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 261
Martes 29 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 138398
Tercera. Obligaciones de las Partes.
1.
Obligaciones comunes a las Partes.
Todas las Partes se obligan a:
a. Aportar los recursos, humanos y materiales necesarios para el buen desarrollo y
coordinación de las actividades descritas en la cláusula segunda del presente convenio.
b. Colaborar en la recogida de toda la información que sea necesaria para la
adecuada ejecución del convenio, así como a recopilar y proporcionar toda esta
información y facilitarla para contribuir al desarrollo del convenio.
c. Designar internamente un/a responsable del convenio como punto de contacto
prioritario con las otras Partes, sin perjuicio de los vocales designados para la Comisión
de Seguimiento prevista en la cláusula séptima.
d. Participar activamente en las reuniones y encuentros que se celebren, atender a
cualquier duda o petición de información sobre el desarrollo de las actuaciones y ayudar
a supervisar el cumplimiento de los hitos, tanto los intermedios como los de entrega de
resultados.
e. Incluir los logotipos institucionales de las Partes del convenio, así como de los
fondos europeos, en toda la documentación y contenido audiovisual que se genere y
publique en virtud del convenio.
2.
Obligaciones específicas de Red.es.
Red.es se obliga a:
a. Aportar la financiación prevista en la cláusula cuarta.
b. Celebrar encuentros del Equipo de Trabajo, junto con representantes del Grupo
de Entidades, para planificar el trabajo de cada año de vigencia del convenio según lo
ejecutado en el año anterior.
c. Promover la difusión de las piezas de comunicación elaboradas por el Grupo de
Entidades, a tenor de los compromisos adquiridos por presente convenio.
d. Participar en eventos, foros de debate y congresos elaborados con motivo del
cumplimiento de los objetivos previstos en el convenio.
e. Comunicar los avances, logros y resultados que se vayan alcanzando, a través
de la página web de Red.es/ONTSI, en redes sociales y otros canales y plataformas que
permitan mostrar de forma abierta y transparente las actividades que se están llevando a
cabo, y conduzcan de forma sencilla a los interesados, a los recursos producidos que
puedan ser consultados y utilizados.
f. Asegurar la unificación de imagen digital y no digital en cuanto a la difusión de las
actuaciones previstas en los convenios derivados de la Invitación (C046/22-OT).
g. Elaborar, revisar y aprobar los documentos relacionados con la situación actual
de los Derechos Digitales en cada ámbito.
h. Elaborar, revisar y aprobar las propuestas legislativas y no legislativas que se
realicen en el ámbito específico.
Obligaciones del Grupo de Entidades.
a. Aportar la financiación en especie prevista en la cláusula cuarta, derivada de la
dedicación de su personal propio, así como otras aportaciones en especie.
b. Ejecutar las actuaciones previstas en la cláusula segunda, apartados de 1 a 8,
que responden a la propuesta presentada a la Invitación C046/22-OT por la que fueron
seleccionados.
Las partes se comprometen a realizar cuantas acciones resulten precisas para la
correcta y completa ejecución de las actuaciones previstas en el convenio, así como
para su comunicación. La propuesta del Plan de Actuaciones Global a realizar por cada
miembro del Grupo de Entidades se detalla de manera individualizada en el acuerdo de
cve: BOE-A-2024-22292
Verificable en https://www.boe.es
3.
Núm. 261
Martes 29 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 138398
Tercera. Obligaciones de las Partes.
1.
Obligaciones comunes a las Partes.
Todas las Partes se obligan a:
a. Aportar los recursos, humanos y materiales necesarios para el buen desarrollo y
coordinación de las actividades descritas en la cláusula segunda del presente convenio.
b. Colaborar en la recogida de toda la información que sea necesaria para la
adecuada ejecución del convenio, así como a recopilar y proporcionar toda esta
información y facilitarla para contribuir al desarrollo del convenio.
c. Designar internamente un/a responsable del convenio como punto de contacto
prioritario con las otras Partes, sin perjuicio de los vocales designados para la Comisión
de Seguimiento prevista en la cláusula séptima.
d. Participar activamente en las reuniones y encuentros que se celebren, atender a
cualquier duda o petición de información sobre el desarrollo de las actuaciones y ayudar
a supervisar el cumplimiento de los hitos, tanto los intermedios como los de entrega de
resultados.
e. Incluir los logotipos institucionales de las Partes del convenio, así como de los
fondos europeos, en toda la documentación y contenido audiovisual que se genere y
publique en virtud del convenio.
2.
Obligaciones específicas de Red.es.
Red.es se obliga a:
a. Aportar la financiación prevista en la cláusula cuarta.
b. Celebrar encuentros del Equipo de Trabajo, junto con representantes del Grupo
de Entidades, para planificar el trabajo de cada año de vigencia del convenio según lo
ejecutado en el año anterior.
c. Promover la difusión de las piezas de comunicación elaboradas por el Grupo de
Entidades, a tenor de los compromisos adquiridos por presente convenio.
d. Participar en eventos, foros de debate y congresos elaborados con motivo del
cumplimiento de los objetivos previstos en el convenio.
e. Comunicar los avances, logros y resultados que se vayan alcanzando, a través
de la página web de Red.es/ONTSI, en redes sociales y otros canales y plataformas que
permitan mostrar de forma abierta y transparente las actividades que se están llevando a
cabo, y conduzcan de forma sencilla a los interesados, a los recursos producidos que
puedan ser consultados y utilizados.
f. Asegurar la unificación de imagen digital y no digital en cuanto a la difusión de las
actuaciones previstas en los convenios derivados de la Invitación (C046/22-OT).
g. Elaborar, revisar y aprobar los documentos relacionados con la situación actual
de los Derechos Digitales en cada ámbito.
h. Elaborar, revisar y aprobar las propuestas legislativas y no legislativas que se
realicen en el ámbito específico.
Obligaciones del Grupo de Entidades.
a. Aportar la financiación en especie prevista en la cláusula cuarta, derivada de la
dedicación de su personal propio, así como otras aportaciones en especie.
b. Ejecutar las actuaciones previstas en la cláusula segunda, apartados de 1 a 8,
que responden a la propuesta presentada a la Invitación C046/22-OT por la que fueron
seleccionados.
Las partes se comprometen a realizar cuantas acciones resulten precisas para la
correcta y completa ejecución de las actuaciones previstas en el convenio, así como
para su comunicación. La propuesta del Plan de Actuaciones Global a realizar por cada
miembro del Grupo de Entidades se detalla de manera individualizada en el acuerdo de
cve: BOE-A-2024-22292
Verificable en https://www.boe.es
3.