II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DEL INTERIOR. Cuerpo Nacional de Policía. (BOE-A-2024-22162)
Resolución de 21 de octubre de 2024, de la Dirección General de la Policía, por la que se publica la relación definitiva de personas admitidas y excluidas, y se fija el calendario de realización de la primera prueba a la oposición libre para ingreso en la Escala Básica, categoría de Policía, de la Policía Nacional, convocada por Resolución de 31 de julio de 2024.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 260
Lunes 28 de octubre de 2024
Sec. II.B. Pág. 137757
Para garantizar el desarrollo de las pruebas de aptitud física para ingreso en la
Escala Básica, categoría de policía de la Policía Nacional, se tendrá en cuenta lo
siguiente:
cve: BOE-A-2024-22162
Verificable en https://www.boe.es
1. El llamamiento se realizará nominativamente y/o mediante número de opositor/a,
por lo que sería necesario que los/las opositores/as memoricen este dato.
2. NO se permitirá la asistencia de público, ni persona ajena a las pruebas.
3. El personal convocado deberá ir provisto de las prendas deportivas que vayan a
utilizar, no pudiendo una vez realizado el llamamiento, efectuar el cambio de las prendas
o zapatillas de deporte. En la zona del torso, no utilizarán prendas acrílicas, dado que
ese tejido no permite adherir el dorsal en condiciones óptimas, los aspirantes en todo
caso traerán consigo 4 imperdibles que emplearán en la sujeción de su propio dorsal.
4. Solo podrán portar una mochila para guardar sus pertenencias, cuyas medidas
no podrán ser superiores a: 50x35x20cm.
5. Deberán acudir provistos de documento personal de identidad en formato físico y
certificado médico en el que haga constar de manera clara y legible, el nombre, apellidos
y DNI del aspirante, nombre, apellidos, número de colegiado y firma del profesional
sanitario que emite el certificado, lugar y fecha de emisión del certificado y que se
indique que el/la aspirante reúne las condiciones físicas precisas para realizar las
pruebas deportivas para el acceso a la Policía Nacional.
6. El personal aspirante, que NO presente, en el momento del llamamiento, alguno
de los documentos y certificados señalados en los puntos anteriores, no podrá realizar
las pruebas físicas y tendrá la consideración de no presentado al llamamiento.
7. No se permite el uso de teléfonos móviles, así como tampoco se autoriza la
grabación del desarrollo de ninguna de las pruebas.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 260
Lunes 28 de octubre de 2024
Sec. II.B. Pág. 137757
Para garantizar el desarrollo de las pruebas de aptitud física para ingreso en la
Escala Básica, categoría de policía de la Policía Nacional, se tendrá en cuenta lo
siguiente:
cve: BOE-A-2024-22162
Verificable en https://www.boe.es
1. El llamamiento se realizará nominativamente y/o mediante número de opositor/a,
por lo que sería necesario que los/las opositores/as memoricen este dato.
2. NO se permitirá la asistencia de público, ni persona ajena a las pruebas.
3. El personal convocado deberá ir provisto de las prendas deportivas que vayan a
utilizar, no pudiendo una vez realizado el llamamiento, efectuar el cambio de las prendas
o zapatillas de deporte. En la zona del torso, no utilizarán prendas acrílicas, dado que
ese tejido no permite adherir el dorsal en condiciones óptimas, los aspirantes en todo
caso traerán consigo 4 imperdibles que emplearán en la sujeción de su propio dorsal.
4. Solo podrán portar una mochila para guardar sus pertenencias, cuyas medidas
no podrán ser superiores a: 50x35x20cm.
5. Deberán acudir provistos de documento personal de identidad en formato físico y
certificado médico en el que haga constar de manera clara y legible, el nombre, apellidos
y DNI del aspirante, nombre, apellidos, número de colegiado y firma del profesional
sanitario que emite el certificado, lugar y fecha de emisión del certificado y que se
indique que el/la aspirante reúne las condiciones físicas precisas para realizar las
pruebas deportivas para el acceso a la Policía Nacional.
6. El personal aspirante, que NO presente, en el momento del llamamiento, alguno
de los documentos y certificados señalados en los puntos anteriores, no podrá realizar
las pruebas físicas y tendrá la consideración de no presentado al llamamiento.
7. No se permite el uso de teléfonos móviles, así como tampoco se autoriza la
grabación del desarrollo de ninguna de las pruebas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X