III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES, CONSUMO Y AGENDA 2030. Comunidad Autónoma de las Illes Balears. Convenio. (BOE-A-2024-22055)
Resolución de 18 de octubre de 2024, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, para el desarrollo del Marco de cooperación interadministrativa previsto en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, y para el establecimiento y financiación del nivel de protección acordado para el ejercicio 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 258
Viernes 25 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 137294
– Reconocimiento de compatibilidades de servicios entre sí y de servicios con las
prestaciones económicas.
– Mejora y fomento del servicio de teleasistencia, incremento de su cobertura a la
población en situación de dependencia susceptible de recibir dicho servicio y mejora de
la calidad y cobertura del servicio en forma de «teleasistencia avanzada».
– Adecuación de los servicios, de su acreditación y funcionamiento al modelo de
cuidados representado de atención integral centrada en la persona en consonancia con el
vigente acuerdo sobre criterios comunes de acreditación y calidad de centros y servicios.
– Financiación de las entidades locales en su ámbito territorial para la adecuación y
mejora de los servicios que presten a las personas en situación de dependencia.
c) Mejoras en la capacitación y condiciones laborales de las personas trabajadoras
en el SAAD mediante:
– Incremento de los conciertos en la prestación de servicios por parte de entidades
privadas debidamente acreditadas que redunden en la mejora de la calidad de los
servicios y en la calidad del empleo.
– Planes específicos de formación de trabajadores y trabajadoras y gastos derivados
de la formación para la profesionalización del sector.
d) Actuaciones en coherencia con los criterios de acreditación y calidad en los
centros y servicios del SAAD aprobados por el acuerdo de Consejo Territorial de
Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia sobre
criterios comunes de acreditación y calidad de los centros y servicios del SAAD del 28 de
junio de 2022.
e) Fomento de la asistencia personal en los términos contenidos en el acuerdo por
el que se definen y establecen las condiciones específicas de acceso a la asistencia
personal en el Sistema de Autonomía y Atención a la Dependencia (acuerdo de 12 de
mayo de 2023).
f) Adopción de soluciones innovadoras testeadas en los proyectos piloto de
innovación en prevención de la institucionalización, desinstitucionalización y
modernización de los servicios sociales en el marco del Componente 22 del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia.
g) Cualesquiera otras que vayan dirigidas al cumplimiento de las actuaciones
contenidas y los acuerdos y que deberán constar en el anexo I de este convenio.
3. De conformidad con los términos recogidos en la disposición adicional tercera de
la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, también se podrán financiar con cargo a los créditos
a que se refiere la cláusula segunda, en lo relativo a la aportación de la Comunidad
Autónoma a la financiación del nivel acordado, ayudas económicas con el fin de facilitar
la autonomía personal, destinadas a apoyar a la persona con ayudas técnicas o
instrumentos necesarios para el normal desenvolvimiento de su vida ordinaria, y a
facilitar la accesibilidad y adaptaciones en el hogar que contribuyan a mejorar su
capacidad de desplazamiento en la vivienda.
Objetivos a cumplir por la Comunidad Autónoma en el año 2024.
1. Este convenio que desarrolla el Marco de Cooperación Interadministrativa recoge
los objetivos, medios y recursos para la mejora de los servicios y prestaciones del
Sistema que se han de ejecutar durante el año 2024, así como los indicadores que
resulten necesarios que permitan verificar su cumplimiento.
2. En el anexo I del presente convenio se recogen los objetivos y las actuaciones
que componen el compromiso de la Comunidad Autónoma para el año 2024, así como
los indicadores de verificación del cumplimiento de los mismos.
3. El grado de cumplimiento de los citados objetivos, podrá constituir un criterio de
reparto de la asignación relativa al nivel acordado correspondiente al ejercicio 2025, de
cve: BOE-A-2024-22055
Verificable en https://www.boe.es
Cuarta.
Núm. 258
Viernes 25 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 137294
– Reconocimiento de compatibilidades de servicios entre sí y de servicios con las
prestaciones económicas.
– Mejora y fomento del servicio de teleasistencia, incremento de su cobertura a la
población en situación de dependencia susceptible de recibir dicho servicio y mejora de
la calidad y cobertura del servicio en forma de «teleasistencia avanzada».
– Adecuación de los servicios, de su acreditación y funcionamiento al modelo de
cuidados representado de atención integral centrada en la persona en consonancia con el
vigente acuerdo sobre criterios comunes de acreditación y calidad de centros y servicios.
– Financiación de las entidades locales en su ámbito territorial para la adecuación y
mejora de los servicios que presten a las personas en situación de dependencia.
c) Mejoras en la capacitación y condiciones laborales de las personas trabajadoras
en el SAAD mediante:
– Incremento de los conciertos en la prestación de servicios por parte de entidades
privadas debidamente acreditadas que redunden en la mejora de la calidad de los
servicios y en la calidad del empleo.
– Planes específicos de formación de trabajadores y trabajadoras y gastos derivados
de la formación para la profesionalización del sector.
d) Actuaciones en coherencia con los criterios de acreditación y calidad en los
centros y servicios del SAAD aprobados por el acuerdo de Consejo Territorial de
Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia sobre
criterios comunes de acreditación y calidad de los centros y servicios del SAAD del 28 de
junio de 2022.
e) Fomento de la asistencia personal en los términos contenidos en el acuerdo por
el que se definen y establecen las condiciones específicas de acceso a la asistencia
personal en el Sistema de Autonomía y Atención a la Dependencia (acuerdo de 12 de
mayo de 2023).
f) Adopción de soluciones innovadoras testeadas en los proyectos piloto de
innovación en prevención de la institucionalización, desinstitucionalización y
modernización de los servicios sociales en el marco del Componente 22 del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia.
g) Cualesquiera otras que vayan dirigidas al cumplimiento de las actuaciones
contenidas y los acuerdos y que deberán constar en el anexo I de este convenio.
3. De conformidad con los términos recogidos en la disposición adicional tercera de
la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, también se podrán financiar con cargo a los créditos
a que se refiere la cláusula segunda, en lo relativo a la aportación de la Comunidad
Autónoma a la financiación del nivel acordado, ayudas económicas con el fin de facilitar
la autonomía personal, destinadas a apoyar a la persona con ayudas técnicas o
instrumentos necesarios para el normal desenvolvimiento de su vida ordinaria, y a
facilitar la accesibilidad y adaptaciones en el hogar que contribuyan a mejorar su
capacidad de desplazamiento en la vivienda.
Objetivos a cumplir por la Comunidad Autónoma en el año 2024.
1. Este convenio que desarrolla el Marco de Cooperación Interadministrativa recoge
los objetivos, medios y recursos para la mejora de los servicios y prestaciones del
Sistema que se han de ejecutar durante el año 2024, así como los indicadores que
resulten necesarios que permitan verificar su cumplimiento.
2. En el anexo I del presente convenio se recogen los objetivos y las actuaciones
que componen el compromiso de la Comunidad Autónoma para el año 2024, así como
los indicadores de verificación del cumplimiento de los mismos.
3. El grado de cumplimiento de los citados objetivos, podrá constituir un criterio de
reparto de la asignación relativa al nivel acordado correspondiente al ejercicio 2025, de
cve: BOE-A-2024-22055
Verificable en https://www.boe.es
Cuarta.