III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES, CONSUMO Y AGENDA 2030. Convenios. (BOE-A-2024-22056)
Resolución de 18 de octubre de 2024, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la que se publica el Convenio entre el Centro de Referencia Estatal de Atención al Daño Cerebral y la Universidad San Pablo-CEU, para la realización de prácticas académicas en centros del Imserso.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 258

Viernes 25 de octubre de 2024

Sec. III. Pág. 137311

convenio, y se someterán a lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de
la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Decimoquinta.

Modificación del convenio.

El artículo 49.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, establece lo siguiente: «Régimen de modificación del convenio. A falta de
regulación expresa la modificación del contenido del convenio requerirá acuerdo
unánime de los firmantes». Dicha modificación se tramitará de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 50 de la citada ley, siguiendo la misma tramitación que para su
suscripción.
Y, en prueba de conformidad y para la debida constancia de todo lo convenido, las
partes firman el presente convenio digitalmente, tomándose como fecha de formalización
del presente documento la fecha del último firmante (14 de octubre de 2024).–Por el
Instituto de Mayores y Servicios Sociales, la Directora General, María Teresa Sancho
Castiello.–Por la Universidad de San Pablo-CEU, el Vicerrector de Estudiantes y Vida
Universitaria, Ángel Bartolomé Muñoz de Luna.
ANEXO
El presente anexo técnico se incorpora al convenio suscrito entre el Imserso, a través
del Ceadac y la Universidad de ……………………., firmado el (fecha), de (mes) de (año)
para la realización de prácticas académicas externas.
Detalle de las prácticas a desarrollar en el Ceadac del Imserso
Alumno/a:
Dirección:

DNI:

Estudios que realiza:
Fecha de inicio:

Fecha de finalización:

Jornada de prácticas:

Horas al día (orientativo):

Días de la semana
(orientativo):

Tutor del centro:
Tutor de la universidad:
Contenido de las prácticas:
Seguros:

Derechos y deberes de los estudiantes en prácticas

a) A la tutela, durante el período de duración de la correspondiente práctica, por un
profesor de la universidad y por un profesional que preste servicios en la empresa,
institución o entidad donde se realice la misma.
b) A la evaluación de acuerdo con los criterios establecidos por la universidad.
c) A la obtención de un informe por parte de la entidad colaboradora donde ha
realizado las prácticas, con mención expresa de la actividad desarrollada, su duración y,
en su caso, su rendimiento.

cve: BOE-A-2024-22056
Verificable en https://www.boe.es

1. Durante la realización de las prácticas académicas externas, los estudiantes
tendrán los siguientes derechos: