III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES, CONSUMO Y AGENDA 2030. Convenios. (BOE-A-2024-22056)
Resolución de 18 de octubre de 2024, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la que se publica el Convenio entre el Centro de Referencia Estatal de Atención al Daño Cerebral y la Universidad San Pablo-CEU, para la realización de prácticas académicas en centros del Imserso.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 258

Viernes 25 de octubre de 2024

Sec. III. Pág. 137307

Universitario y al amparo del reglamento sobre prácticas académicas externas de la
Universidad San Pablo-CEU, formalizan el presente convenio con arreglo a las siguientes:
CLÁUSULAS
Primera. Objeto y finalidad.
El presente convenio tiene por objeto posibilitar a estudiantes matriculados en la
Universidad de San Pablo-CEU, la realización de prácticas académicas externas en el
Centro Ceadac del Imserso y regular las condiciones en que se realizarán dichas
prácticas.
Segunda.

Compromisos que asume el Centro Ceadac del Imserso.

a) Presentar a la Universidad de San Pablo-CEU, cuando así lo estime conveniente
las ofertas de prácticas que se consideren oportunas, especificando el número de plazas
que se ofrecen, requisitos exigidos a los estudiantes y características de las prácticas a
realizar.
b) Facilitar al estudiante las herramientas necesarias para realizar las tareas
formativas encomendadas.
c) Nombrar un profesional de la plantilla con experiencia, que ejerza como tutor del
centro responsable de las prácticas y que coordine junto con el tutor académico de la
Universidad San Pablo-CEU el desarrollo de las mismas.
d) Expedir, a la conclusión de las prácticas, el informe final que recogerá el número
de horas realizadas por el estudiante y con valoración de los distintos aspectos referidos
a las competencias genéricas y específicas previstas en el proyecto formativo y remitirlo
al tutor académico.
Compromisos que asume la Universidad de San Pablo-CEU.

a) Realizar una selección previa de los candidatos que van a realizar las prácticas
entre estudiantes matriculados en la enseñanza universitaria a la que se vinculan las
competencias básicas, genéricas y/o específicas a adquirir por el estudiante en la
realización de la práctica.
b) Nombrar un tutor académico responsable de las prácticas, que será un profesor
de la facultad, escuela o centro universitario de la universidad, que coordine junto con el
tutor del centro, el desarrollo de las mismas.
c) Aplicar al estudiante en prácticas el régimen de seguro escolar, e incluirle como
beneficiario en un seguro colectivo de accidentes, disponer de una póliza de seguro de
responsabilidad civil que cubra los daños materiales, personales y sus perjuicios
consecuenciales causados a terceros por el estudiante en el ejercicio de las prácticas.
No obstante, para los estudiantes que por razón de edad no estén cubiertos por el
seguro escolar la Universidad San Pablo-CEU concertará un seguro que le cubra
durante el período de prácticas los mismos riesgos amparados en la cobertura del
seguro escolar.
d) Emitir el informe de evaluación de las prácticas desarrolladas y un documento
acreditativo de las mismas al finalizar el período de ejecución, que contendrá, al menos,
referencia al centro del Imserso que actúa como entidad colaboradora, descripción de la
práctica especificando su duración y fechas de realización y actividades realizadas.
e) Acreditar al tutor designado por el Centro Ceadac y al personal del centro
partícipe en las prácticas la consideración de colaboradores con dicha universidad, o
cualquier otra figura que considere, teniendo en cuenta la implicación del tutor y del
personal en la formación de los alumnos derivados por la misma.

cve: BOE-A-2024-22056
Verificable en https://www.boe.es

Tercera.