I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA. Impuestos. (BOE-A-2024-21961)
Orden HAC/1167/2024, de 17 de octubre, por la que se modifican la Orden EHA/3434/2007, de 23 de noviembre, por la que se aprueban los modelos 322 de autoliquidación mensual, modelo individual, y 353 de autoliquidación mensual, modelo agregado, y el modelo 039 de Comunicación de datos, correspondientes al Régimen especial del grupo de entidades en el Impuesto sobre el Valor Añadido, y la Orden EHA/3111/2009, de 5 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 390 de declaración-resumen anual del Impuesto sobre el Valor Añadido.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 258

Viernes 25 de octubre de 2024

Sec. I. Pág. 136888

I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE HACIENDA
Orden HAC/1167/2024, de 17 de octubre, por la que se modifican la Orden
EHA/3434/2007, de 23 de noviembre, por la que se aprueban los modelos
322 de autoliquidación mensual, modelo individual, y 353 de autoliquidación
mensual, modelo agregado, y el modelo 039 de Comunicación de datos,
correspondientes al Régimen especial del grupo de entidades en el Impuesto
sobre el Valor Añadido, y la Orden EHA/3111/2009, de 5 de noviembre, por la
que se aprueba el modelo 390 de declaración-resumen anual del Impuesto
sobre el Valor Añadido.

Esta orden tiene por objeto introducir modificaciones de carácter técnico en el
modelo 322 de autoliquidación mensual individual de grupo de entidades y en el
modelo 390 de declaración-resumen anual del Impuesto sobre el Valor Añadido.
El Real Decreto-ley 4/2024, de 26 de junio, por el que se prorrogan determinadas
medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los
conflictos en Ucrania y Oriente Próximo y se adoptan medidas urgentes en materia fiscal,
energética y social, ha prorrogado hasta el 31 de diciembre de 2024 la aplicación de
tipos impositivos reducidos a determinadas entregas de alimentos.
Consecuencia de las modificaciones introducidas en materia de tipos impositivos, a
partir de 1 de octubre coexistirán seis tipos impositivos y seis tipos de recargo de
equivalencia mientras que el diseño del vigente modelo 322 solo permite la declaración
de cinco tipos impositivos y cuatro tipos de recargo de equivalencia.
Con objeto de adaptar el modelo 322 a la nueva estructura de tipos se introducen en
el mismo las casillas necesarias para los nuevos tipos impositivos y los nuevos tipos de
recargo de equivalencia.
Por otra parte, a lo largo del ejercicio 2024 habrán estado en vigor siete tipos
impositivos y ocho tipos de recargo de equivalencia mientras que el diseño del vigente
modelo 390 únicamente permite declarar cinco tipos impositivos y seis recargos.
Por ello, esta orden procede a la modificación del modelo 390 para permitir la
declaración de todos los tipos impositivos y tipos de recargo de equivalencia vigentes a
lo largo de 2024.
Esta orden consta de dos artículos, una disposición final única y dos anexos.
De acuerdo con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la elaboración de esta orden se
ha efectuado de acuerdo con los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad,
seguridad jurídica, transparencia y eficiencia.
Esta orden cumple los principios de necesidad y eficacia jurídica ya que tiene por
objeto adaptar los modelos 322 y 390 a los nuevos tipos impositivos introducidos en el
Impuesto sobre el Valor Añadido por el Real Decreto-ley 4/2024, de 26 de junio.
Se cumple también el principio de proporcionalidad al contener la regulación
necesaria para conseguir los objetivos que justifican su aprobación.
Respecto al principio de seguridad jurídica, se ha garantizado la coherencia del texto
con el resto del ordenamiento jurídico nacional y comunitario, generando un marco
normativo estable.
El principio de transparencia, sin perjuicio de su publicación oficial en el «Boletín
Oficial del Estado», se ha garantizado mediante la publicación del proyecto de orden y su
memoria en el portal de internet del Ministerio de Hacienda, a efectos de que pudiera ser
conocido dicho texto en el trámite de audiencia e información pública por todos los
ciudadanos.

cve: BOE-A-2024-21961
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