V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. (BOE-B-2024-38501)
Extracto de la Orden de 21 de octubre de 2024 por la que se aprueba la segunda convocatoria, correspondiente al ejercicio 2024, del Programa de Apoyo al Transporte Sostenible y Digital en concurrencia competitiva, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 258

Viernes 25 de octubre de 2024

Sec. V-B. Pág. 59937

carbono y sonorreductores.
- Medida 11. Apoyo al despliegue de combustibles alternativos en Puertos.
- Medida 13. Proyectos para la digitalización de los servicios de transporte de
viajeros y mercancías en el ámbito nacional.
En el mencionado Anexo I se detallan las intensidades de las subvenciones,
así como el importe mínimo y máximo de subvención establecido por proyecto.
De conformidad con el apartado 3.bis del artículo 8, se reserva un importe de
15.000.000,00 euros para su concesión a solicitudes de las siguientes medidas de
actuación preferentes que cumplan, en todo caso, los requisitos para ser
beneficiarias: Medida 3, Medida 7, Medida 9, Medida 11 y Medida 13. El crédito
reservado que no se agote tras el proceso de asignación dentro de las medidas
preferentes se acumulará al crédito general restante para completar el
procedimiento de concesión.
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de veinticinco (25) días hábiles
desde el día siguiente a la publicación de este extracto en el Boletín Oficial del
Estado.
Séptimo. Otros datos
La solicitud deberá cumplimentarse a través del portal de subvenciones de la
sede electrónica del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, dentro del
Programa de Apoyo al Transporte Sostenible y Digital, utilizando los formularios y
modelos específicos de documentos establecidos, que estarán disponibles para su
descarga en el mismo.
Un mismo solicitante podrá presentar varios proyectos subvencionables. En
ningún caso podrá presentar en la misma solicitud proyectos que se integren en
diferentes medidas, en cuyo caso deberá presentar varias solicitudes, una para
cada proyecto.
Los beneficiarios podrán solicitar un pago anticipado del 30% del importe total
de la subvención concedida.
El plazo para resolver y publicar la resolución será de seis meses desde la
fecha de publicación del extracto de la convocatoria.
Madrid, 21 de octubre de 2024.- El Ministro de Transportes y Movilidad
Sostenible, P.D. (Orden TMA/370/2022, de 21 de abril), el Director General de
Estrategias de Movilidad, José Alfonso Gálvez Salinas.
cve: BOE-B-2024-38501
Verificable en https://www.boe.es

ID: A240048470-1

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X