V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. (BOE-B-2024-38507)
Extracto de la Orden de 21 de octubre de 2024 por la que se aprueba la segunda convocatoria, correspondiente al ejercicio 2024, del Programa de Apoyo al Transporte Sostenible y Digital en concurrencia competitiva, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 258

Viernes 25 de octubre de 2024

Sec. V-B. Pág. 59954

d) Sostenibilidad del transporte marítimo.
e) Digitalización del transporte.
Tercero. Bases reguladoras.
Esta convocatoria se regirá por las bases reguladoras aprobadas en la Orden
TMA/370/2022, de 21 de abril, por la que se establecieron las bases reguladoras
para el Programa de Apoyo al Transporte Sostenible y Digital y sus posteriores
modificaciones efectuadas mediante la Orden TMA/513/2022, de 30 de marzo, la
Orden TMA/758/2022, de 27 de julio, y la Orden TRM/964/2024, de 11 de
septiembre.
Cuarto. Cuantía.
La cuantía total máxima de las subvenciones a conceder en el marco de la
presente convocatoria será inicialmente de 17.054.342,58 euros con cargo a las
aplicaciones presupuestarias 17.50.20.45FD.741 y 17.50.20.45FD.770. Este
importe se distribuye entre las anualidades 2024 (5.116.302,77 euros) y 2026
(11.938.039,81 euros).
De acuerdo con el artículo 58.2 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21
de julio, el presupuesto podrá ser ampliado con una cuantía adicional de hasta
70.000.000,00 euros, procedente de cualquiera de los orígenes reflejados en el
apartado a) del mencionado artículo.
La concesión de las subvenciones queda en todo caso condicionada a la
existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento en que se resuelva la
concesión.
Quinto. Proyectos financiables y reserva de crédito.
Son proyectos financiables en el marco de esta convocatoria los que se
integren en las siguientes medidas concretas recogidas en el Anexo I de la
convocatoria y que cumplan los requisitos establecidos tanto en las bases
reguladoras como en la propia convocatoria:
- Medida 3. Innovación y desarrollo del eje de ancho variable en locomotoras.
- Medida 4. Construcción, adaptación o mejora de cargaderos y terminales
intermodales ferrocarril-carretera, y sus conexiones terrestres.

- Medida 8. Sistemas Inteligentes de Transporte para el sector de carreteras
(ITS) en concesiones de autopistas de peaje y otros servicios relacionados con la
seguridad y conservación de las carreteras.
- Medida 9. Acciones de apoyo a la implantación de la infraestructura de
reabastecimiento de combustibles alternativos para vehículos pesados en la red de
carreteras.
- Medida 10. Proyectos de apoyo a la renovación o adecuación de medios y
maquinaria para conseguir pavimentos sostenibles: disminución de huella de

cve: BOE-B-2024-38507
Verificable en https://www.boe.es

- Medida 7. Construcción y mejora de zonas de aparcamiento seguras para
vehículos comerciales, así como la provisión de servicios de información.