III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES, CONSUMO Y AGENDA 2030. Comunidad de Castilla y León. Convenio. (BOE-A-2024-21942)
Resolución de 16 de octubre de 2024, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la que se publica el Convenio entre el Centro de Referencia Estatal para Personas con Discapacidades Neurológicas en Langreo y la Universidad de Valladolid, para la realización de prácticas académicas en centros del Imserso.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 257

Jueves 24 de octubre de 2024

Sec. III. Pág. 136791

regulación expresa la modificación del contenido del convenio requerirá acuerdo
unánime de los firmantes». Dicha modificación se tramitará de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 50 de la citada ley, siguiendo la misma tramitación que para su
suscripción.
Y, en prueba de conformidad y para la debida constancia de todo lo convenido, las
partes firman el presente convenio digitalmente, tomándose como fecha de formalización
del presente documento la fecha del último firmante (15 de octubre de 2024).–Por el
Instituto de Mayores y Servicios Sociales, la Directora General, María Teresa Sancho
Castiello.–Por la Universidad de Valladolid, la Vicerrectora de Estudiantes y
Empleabilidad, Cristina de la Rosa Cubo.
ANEXO
El presente anexo técnico se incorpora al convenio suscrito entre el Imserso, a través
del Centro .................. y la Universidad de ........................, firmado el (fecha), de (mes)
de (año) para la realización de prácticas académicas externas.
Detalle de las prácticas a desarrollar en el centro ............................... del Imserso

Alumno/a
Dirección

DNI

Estudios que realiza
Fecha de inicio:
Jornada de prácticas

Fecha de finalización:
Horas al día (orientativo):

Días de la semana (orientativo):

Tutor del centro:
Tutor de la universidad :
Contenido de las prácticas:

Seguros

Derechos y deberes de los estudiantes en prácticas

a) A la tutela, durante el período de duración de la correspondiente práctica, por un
profesor de la universidad y por un profesional que preste servicios en la empresa,
institución o entidad donde se realice la misma.
b) A la evaluación de acuerdo con los criterios establecidos por la universidad.
c) A la obtención de un informe por parte de la entidad colaboradora donde ha
realizado las prácticas, con mención expresa de la actividad desarrollada, su duración y,
en su caso, su rendimiento.
d) A percibir, en los casos en que así se estipule, la aportación económica de la
entidad colaboradora, en concepto de bolsa o ayuda al estudio.

cve: BOE-A-2024-21942
Verificable en https://www.boe.es

1. Durante la realización de las prácticas académicas externas, los estudiantes
tendrán los siguientes derechos: