III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUVENTUD E INFANCIA. Convenios. (BOE-A-2024-21946)
Resolución de 10 de octubre de 2024, del Instituto de la Juventud, por la que se publica el Convenio con Alliance Française de Madrid, para la adopción de determinados beneficios para los usuarios del Carné Joven Europeo.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
5 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 257

Jueves 24 de octubre de 2024

Sec. III. Pág. 136810

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE JUVENTUD E INFANCIA
21946

Resolución de 10 de octubre de 2024, del Instituto de la Juventud, por la que
se publica el Convenio con Alliance Française de Madrid, para la adopción de
determinados beneficios para los usuarios del Carné Joven Europeo.

Con fecha 3 de octubre de 2024 se ha suscrito el convenio entre el Instituto de la
Juventud del Ministerio de Juventud e Infancia y Alliance Française para la adopción de
determinados beneficios para los usuarios del Carné Joven Europeo.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro
Electrónico Estatal de Instrumentos de Cooperación, procede la publicación en el
«Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo de esta
resolución.
Madrid, 10 de octubre de 2024.–La Directora General del Instituto de la Juventud,
Margarita Guerrero Calderón.
ANEXO
Convenio entre el Instituto de la Juventud del Ministerio de Juventud e Infancia
y la Alliance Française de Madrid para la adopción de determinados beneficios
para los usuarios del Carné Joven Europeo
En Madrid, a 3 de octubre de 2024.
REUNIDOS
De una parte, doña Margarita Guerrero Calderón, Directora General del Instituto de la
Juventud, del Ministerio de Juventud e Infancia, nombrada por Real Decreto 1123/2023
de 12 de diciembre (BOE de 13 de diciembre de 2023), actuando en nombre y
representación del Instituto de la Juventud, en el ejercicio de las facultades que tiene
atribuidas por el artículo 7 del Real Decreto 486/2005, de 4 de mayo, por el que se
aprueba el Estatuto del Organismo Autónomo Instituto de la Juventud.
De otra, don Julián Ocaña Carreño, Director General de la Alliance Française de
Madrid, con CIF G28965788 y domicilio social en la calle Cuesta de Santo Domingo, 13,
interviene en nombre y representación de la misma en calidad de representante legal,
según se acredita en el documento de Escritura ante Notario don Eusebio González
Lasso de la Vega, número de su protocolo setecientos sesenta y tres (763).
Ambas partes se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir y

Primero.
Que al INJUVE, corresponde, de acuerdo con lo determinado en el Real
Decreto 486/2005, de 4 de mayo, el ejercicio de funciones relacionadas con la promoción
sociocultural, la cooperación, la comunicación, la participación, la información de la
juventud y, en general, la ejecución de las políticas del Ministerio de Juventud e Infancia,
al que está adscrito, en colaboración con los Departamentos Ministeriales y las
Administraciones Públicas cuyas actividades incidan sobre el sector de población juvenil.

cve: BOE-A-2024-21946
Verificable en https://www.boe.es

EXPONEN