II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. MINISTERIO FISCAL. Nombramientos. (BOE-A-2024-21857)
Decreto de 10 de octubre de 2024, del Fiscal General del Estado, por el que se nombra Fiscal Delegada de Derechos Humanos y Memoria Democrática de la Fiscalía Provincial de Cáceres a doña Olga Suárez Herranz.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 257

Jueves 24 de octubre de 2024

Sec. II.A. Pág. 136261

Esta misma Instrucción precisa que los nombramientos y ceses de los delegados de la
especialidad irán precedidos de un trámite de audiencia del correspondiente fiscal de sala
coordinador, que podrá efectuar las consideraciones que estime pertinentes y, seguidamente,
trasladará la propuesta al Fiscal General del Estado a través de la Inspección Fiscal.
Tercero.
El Real Decreto 305/2022, de 3 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento del
Ministerio Fiscal, regula en su artículo 62.2 el nombramiento de los fiscales delegados
especialistas:
«2. Los Fiscales delegados especialistas, tanto autonómicos como provinciales,
serán nombrados y, en su caso, relevados, mediante decreto dictado por la persona
titular de la Fiscalía General del Estado, a propuesta del Fiscal Jefe respectivo y previo
informe del Fiscal de Sala Especialista o Delegado.
El Fiscal Jefe convocará la plaza de delegado especialista entre los fiscales de la plantilla.
Para su cobertura se atenderá preferentemente, dentro de los méritos alegados, el haber
recibido formación específica en la materia propia de la especialidad y tener experiencia práctica.
En el caso de los Fiscales Delegados Especialistas autonómicos, la plaza se convocará entre los
Delegados Especialistas provinciales de la comunidad autónoma.
La propuesta de nombramiento del Fiscal Jefe habrá de ser motivada y deberá ir
acompañada de la relación de todos los fiscales que hayan solicitado el puesto con
aportación de los méritos alegados. Una vez recibida por la Inspección Fiscal, dará
traslado al respectivo Fiscal de Sala, que podrá efectuar las consideraciones que estime
pertinentes, resolviendo seguidamente la persona titular de la Fiscalía General del
Estado, previa audiencia del Consejo Fiscal.»
Cuarto.
Se han cumplido, por tanto, todos los trámites establecidos para proceder al nombramiento
interesado. Asimismo, la propuesta de la Fiscal Jefa de la Fiscalía Provincial de Cáceres está
suficientemente motivada y avala la idoneidad de la candidata.
En consecuencia, vista la propuesta formulada, de conformidad con las previsiones
del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal y haciendo propia la fundamentación de
aquella, acuerdo:

Contra el presente decreto, que pone fin a la vía administrativa de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante
la Fiscalía General del Estado (C/ Fortuny, 4, Madrid 28010) en el plazo de un mes, a contar
desde el día siguiente a su publicación, en los términos establecidos en el artículo 123 y
concordantes de aquella ley o, alternativamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala
de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo, según lo establecido en los
artículos 12.1.b) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosoadministrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación,
conforme a lo dispuesto en el artículo 46 de esta misma ley.
Madrid, 10 de octubre de 2024.–El Fiscal General del Estado, Álvaro García Ortiz.

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-A-2024-21857
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1. Nombrar a la Ilma. Sra. doña Olga Suárez Herranz, Fiscal Jefa de la Fiscalía
Provincial de Cáceres como Fiscal Delegada de Derechos Humanos y Memoria
Democrática de la Fiscalía Provincial de Cáceres.
2. Notificar lo acordado a la Fiscal Jefa Inspectora, a la Fiscal de Sala Coordinadora
de Derechos Humanos y Memoria Democrática, al Fiscal Superior de Extremadura, a la
Fiscal Jefa de la Fiscalía Provincial de Cáceres, quien lo pondrá en conocimiento de
todos los fiscales de la plantilla.
3. Publicar el presente decreto en el «Boletín Oficial del Estado» (art. 62.3 RMF).