III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Registro Civil. Gestión informatizada. (BOE-A-2024-21797)
Resolución de 7 de octubre de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se acuerda la entrada en servicio efectiva de la aplicación informática Dicireg en las Oficinas del Registro Civil del Partido Judicial de Navalcarnero, para el funcionamiento de las mismas conforme a las previsiones contenidas en la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 256

Miércoles 23 de octubre de 2024

Sec. III. Pág. 136015

dar el siguiente paso en esta puesta en marcha del nuevo modelo y, tras llevar a cabo las
tareas preparatorias y de formación correspondientes en estos meses anteriores,
acordar la entrada en servicio de DICIREG en la Oficina General del Registro Civil de
Navalcarnero y en las oficinas colaboradoras del Registro Civil pertenecientes a su
partido judicial de Aldea del Fresno, Arroyomolinos, Batres, Cadalso de los Vidrios,
Casarrubuelos, Cenicientos, Chapinería, Cubas de la Sagra, El Álamo, Griñón, Moraleja
de Enmedio, Navas del Rey, Pelayos de la Presa, Rozas de Puerto Real, San Martín de
Valdeiglesias, Serranillos del Valle, Sevilla la Nueva, Villa del Prado, Villamanta,
Villamantilla y Villanueva de Perales que han de hacerlo simultáneamente con la referida
Oficina General, en aplicación de lo dispuesto en la Disposición adicional quinta de la
Ley 20/2011, de 21 de julio.
Por tanto, conforme a la potestad conferida a la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública mediante las disposiciones transitorias cuarta, octava y décima de
la Ley 20/2011, de 21 de julio, que le facultan para dictar la resolución para la
implantación de la aplicación informática que haga posible el comienzo de las
previsiones de dicha ley, dispongo:
Primero.
1. Se aprueba la entrada en servicio efectiva, en las oficinas del Registro Civil del
partido judicial de Navalcarnero, que comprende la Oficina General del Registro Civil de
Navalcarnero y a las oficinas colaboradoras del Registro Civil de Aldea del Fresno,
Arroyomolinos, Batres, Cadalso de los Vidrios, Casarrubuelos, Cenicientos, Chapinería,
Cubas de la Sagra, El Álamo, Griñón, Moraleja de Enmedio, Navas del Rey, Pelayos de
la Presa, Rozas de Puerto Real, San Martín de Valdeiglesias, Serranillos del Valle,
Sevilla la Nueva, Villa del Prado, Villamanta, Villamantilla y Villanueva de Perales, de la
aplicación informática denominada DICIREG, del Ministerio de la Presidencia, Justicia y
Relaciones con las Cortes, que permite el funcionamiento del Registro Civil conforme a
las previsiones contenidas en la Ley 20/2011, de 21 de julio, a las 00:00 horas del 11 de
noviembre de 2024.
2. El Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes proveerá, en
cuanto al posterior desarrollo tecnológico evolutivo, explotación y mantenimiento, de la
aplicación informática DICIREG.
3. A partir de la fecha de entrada en servicio, la Encargada y el personal que presta
servicio en las Oficinas reseñadas, deberán emplear dicha aplicación informática para la
gestión, tramitación procedimental y práctica de asientos en el Registro Civil.

1. A partir de dicha entrada en servicio efectiva de la aplicación DICIREG, el
Registro Civil de Navalcarnero pasará a denominarse Oficina General del Registro Civil
de Navalcarnero y los Registros Civiles Municipales Delegados de Aldea del Fresno,
Arroyomolinos, Batres, Cadalso de los Vidrios, Casarrubuelos, Cenicientos, Chapinería,
Cubas de la Sagra, El Álamo, Griñón, Moraleja de Enmedio, Navas del Rey, Pelayos de
la Presa, Rozas de Puerto Real, San Martín de Valdeiglesias, Serranillos del Valle,
Sevilla la Nueva, Villa del Prado, Villamanta, Villamantilla y Villanueva de Perales
pasarán a denominarse oficinas colaboradoras del Registro Civil de Aldea del Fresno,
Arroyomolinos, Batres, Cadalso de los Vidrios, Casarrubuelos, Cenicientos, Chapinería,
Cubas de la Sagra, El Álamo, Griñón, Moraleja de Enmedio, Navas del Rey, Pelayos de
la Presa, Rozas de Puerto Real, San Martín de Valdeiglesias, Serranillos del Valle,
Sevilla la Nueva, Villa del Prado, Villamanta, Villamantilla y Villanueva de Perales, según
resultan creadas en virtud de lo dispuesto en la disposición transitoria octava y en la
disposición adicional quinta, ambas de la Ley 20/2011, de 21 de julio, y serán de
aplicación las demás previsiones contenidas en dicha ley.

cve: BOE-A-2024-21797
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Segundo.