III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-21816)
Resolución de 16 de julio de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Baluma Solar, SL, autorización administrativa previa de las modificaciones y autorización administrativa de construcción para la instalación fotovoltaica Baluma Solar, de 58,14 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en Albolote, Moclín y Atarfe (Granada).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 256

Miércoles 23 de octubre de 2024

Sec. III. Pág. 136145

• Términos municipales afectados: Atarfe, en la provincia de Granada.
– Línea subterránea de alta tensión (LSAT) a 220 kV, de simple circuito, con origen
en el Centro de seccionamiento Promotores Atarfe hasta la subestación «SE Atarfe 220
kV», propiedad de Red Eléctrica de España, SAU, incluyendo una estación de medida
fiscal:










Sistema: corriente alterna trifásica.
Tensión: 220 kV.
Frecuencia: 50 Hz.
Canalización: bajo tubo hormigonado y tramo de perforación dirigida.
Número de circuitos: 1.
Número de conductores por fase: 1.
Número de cables de fibra óptica: 1, tipo OPSYCOM PKP.
Tipo de cable: RHE-RA+2OL 127/220 kV 1x2500 M+T375Al (hilos esmaltados).
Longitud: 4.461,29 metros, dividida en dos tramos:

○ Desde el Centro de seccionamiento Promotores Atarfe hasta la estación de
medida fiscal, con una longitud de 4.417,6 metros, conteniendo un tramo de perforación
dirigida de 159,40 metros.
○ Desde la estación de medida fiscal hasta la estación SE Atarfe 220 kV,
perteneciente a Red Eléctrica de España, SAU, con una longitud de 43,63 metros.

El resto de la infraestructura de evacuación, hasta la conexión con la red de
transporte, consiste en la subestación «SE Atarfe 220 kV», propiedad de Red Eléctrica
de España, SAU, que se encuentra en servicio.
El promotor deberá cumplir las condiciones aceptadas durante la tramitación, así
como las condiciones impuestas en la citada Declaración de Impacto Ambiental de la
Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental.
Asimismo, deberá cumplir las normas técnicas y procedimientos de operación que
establezca el Operador del Sistema.
Esta autorización se concede sin perjuicio de cualesquiera concesiones y
autorizaciones que sean necesarias de acuerdo con otras disposiciones que resulten
aplicables, en especial, las relativas a ordenación del territorio y medio ambiente, así
como sin perjuicio del resto de autorizaciones y permisos que sean necesarios para la
ejecución de la obra según lo previsto en el artículo 53.6 de la Ley 24/2013, de 26 de
diciembre, y el artículo 120.2 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Para las modificaciones al proyecto que se debieran presentar, será de aplicación lo
establecido en el artículo 115 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en
el artículo 62.2.i) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, puede
interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Secretaria de Estado de
Energía en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación
de la presente resolución, el último que se produzca.
Transcurrido dicho plazo sin haberse interpuesto el recurso, la resolución será firme a
todos los efectos. Para el cómputo de los plazos por meses habrá de estarse a lo
dispuesto en el artículo 30 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Madrid, 16 de julio de 2024.–El Director General de Política Energética y Minas,
Manuel García Hernández.

cve: BOE-A-2024-21816
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• Términos municipales afectados: Atarfe, en la provincia de Granada.