II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2024-21759)
Resolución de 15 de octubre de 2024, de la Universidad de Alcalá, por la que se convoca concurso de acceso a plaza de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 256

Miércoles 23 de octubre de 2024

Sec. II.B. Pág. 135719

b) Edad: Tener cumplidos 16 años y no haber alcanzado la edad de jubilación
establecida por la legislación vigente.
c) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de la
Administración del Estado o de la Administración Autonómica, Local o Institucional, ni
hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. Los aspirantes cuya
nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a
sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado o en España, el acceso
a la función pública.
d) No padecer enfermedad ni defecto físico que impida el desempeño de las
funciones correspondientes a Profesor de Universidad.
Segunda.
Además de los requisitos generales para ser admitidos al concurso, los candidatos
deberán acreditar:
a) Ser funcionario de carrera del cuerpo de Profesores/as Titulares de Universidad
o de la Escala de Investigadores/as Científicos/as de los Organismos Públicos de
Investigación o bien ser Profesor/a Contratado/a Doctor/a o Profesor/a Permanente
Laboral, y haber prestado, como mínimo, dos años de servicios efectivos bajo dicha
condición.
b) Estar acreditado para el cuerpo docente de Catedráticos/as de Universidad de
acuerdo con lo que prevé el Real Decreto 1312/2007, de 5 de octubre, por el que se
establece la acreditación nacional para el acceso a los cuerpos docentes universitarios, o
estar habilitado conforme a lo establecido en el Real Decreto 774/2002, de 26 de julio,
por el que se regula el sistema de habilitación nacional para el acceso a cuerpos de
funcionarios docentes universitarios y el régimen de los concursos de acceso
respectivos.
Asimismo, no podrán participar en estos concursos quienes se hallen incursos en la
prohibición contenida en el artículo 36 del Real Decreto 678/2023, de 18 de julio, es
decir, aquellos/as que no hayan desempeñado durante dos años, al menos, la plaza
anteriormente obtenida en un concurso de acceso.
Los requisitos enumerados en la presente base y en la base primera, deberán
poseerse en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y
mantenerse hasta el momento de la toma de posesión como funcionario/a de carrera del
Cuerpo de Catedráticos/as de Universidad.

Quienes deseen tomar parte en los concursos de acceso por promoción interna
remitirán la correspondiente solicitud al Rector de la Universidad de Alcalá, por
cualquiera de los procedimientos establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
(en lo sucesivo LPACAP), en el plazo de veinte días naturales a partir del siguiente al de
la publicación de la presente convocatoria en el BOE, mediante instancia debidamente
cumplimentada, según modelo que se acompaña en el anexo II, junto con los siguientes
documentos que acrediten que reúnen los requisitos para participar en los presentes
concursos:
a) Fotocopia del documento nacional de identidad, pasaporte o tarjeta de identidad.
b) Certificaciones en las que se acredite el cumplimiento de los requisitos
específicos que señala la base Segunda para participar en el concurso de acceso por
promoción interna.
c) Si la solicitud es presentada por personas extranjeras cuya lengua materna sea
diferente del castellano, certificación oficial de nivel de idiomas de C1, conforme al Marco
Común Europeo de Referencia de Lenguas, en español.

cve: BOE-A-2024-21759
Verificable en https://www.boe.es

Tercera.