II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2024-21755)
Resolución de 11 de octubre de 2024, de la Universidad Pablo de Olavide, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 256

Miércoles 23 de octubre de 2024

Sec. II.B. Pág. 135672

Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las
personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre
circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE –RGPD–.
Los datos podrán ser comunicados a otras entidades públicas en cumplimiento de la
normativa laboral, de Seguridad Social y Tributaria. También podrán ser comunicados a
cualquier otra entidad en caso de que exista obligación legal.
Las personas interesadas podrán ejercitar sus derechos de acceso, rectificación,
supresión y portabilidad de los datos, de limitación y oposición a su tratamiento, así
como a no ser objeto de decisiones basadas únicamente en el tratamiento automatizado
de sus datos, cuando procedan, y disponen de información adicional sobre el ejercicio de
estos y otros derechos, en relación con sus datos personales, en la siguiente dirección:
https://www.upo.es/rectorado/secretaria-general/proteccion-de-datos/.
2. Requisitos de las personas candidatas
2.1

Requisitos generales.

2.2

Requisitos específicos.

a) Ser doctor/a y estar acreditada/o para el cuerpo de Profesorado Titular de
Universidad, de acuerdo con lo previsto en la LOSU y en el Real Decreto 678/2023.
b) Para la plaza DF000693, deberá ser personal investigador doctor/a que haya
obtenido el certificado I3 dentro del marco del Programa Ramón y Cajal o
investigadoras/res de programas de excelencia, nacionales o internacionales, que hayan
obtenido el certificado I3.

cve: BOE-A-2024-21755
Verificable en https://www.boe.es

2.1.1 Tener la nacionalidad española o ser nacional de un Estado miembro de la
Unión Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados
internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de
aplicación la libre circulación de las personas trabajadoras.
También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de las
personas con nacionalidad española y de las personas con nacionalidad de otros
Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho y
sus descendientes y los de sus cónyuges siempre que no estén separados de derecho,
sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.
En el momento de presentación de la solicitud de participación en el proceso
selectivo, deberá acreditarse la nacionalidad, así como en su caso el vínculo de
parentesco y el de vivir a expensas, conforme a lo previsto en el artículo 8 del Real
Decreto 543/2001, de 18 de mayo, sobre acceso al empleo público de la Administración
General del Estado y sus organismos públicos de nacionales de otros Estados a los que
es de aplicación el derecho a la libre circulación de las personas trabajadoras.
La acreditación de la nacionalidad y demás requisitos exigidos en la convocatoria se
realizará por medio de los documentos correspondientes, certificados por las autoridades
competentes de su país de origen y traducidos al español.
2.1.2 Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
2.1.3 Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima
de jubilación forzosa.
2.1.4 No haber sido separada/o, mediante expediente disciplinario, del servicio de
cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios
de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para
empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de
funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del
personal laboral, en el que hubiese sido separada/o o inhabilitada/o. En el caso de ser
nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitada/o o en situación equivalente ni haber sido
sometida/o a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos
términos el acceso al empleo público.