I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES. Formación profesional. (BOE-A-2024-21707)
Real Decreto 1091/2024, de 22 de octubre, por el que se establece el Curso de especialización de Formación Profesional de Grado Medio en Floristería y arte floral y se fijan los aspectos básicos del currículo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 256

Miércoles 23 de octubre de 2024

Sec. I. Pág. 135525

transparencia porque durante el procedimiento de elaboración de la norma se ha
permitido la participación activa de las potenciales personas destinatarias a través de los
trámites de consulta pública y de audiencia e información pública, y quedan justificados
los objetivos que persigue la ley.
Este real decreto se enmarca en el componente 20 (Plan Estratégico de Impulso de
la Formación Profesional), como parte de la reforma 01: Plan de Modernización de la
Formación Profesional. Proyecto 01. Renovación del Catálogo de Títulos en Sectores
Estratégicos, perteneciente al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR).
El presente real decreto contribuye a dar cumplimiento al hito auxiliar de definición C20.R1,
establecido en 42 nuevas titulaciones en el Q4 de 2024 así como el número de
titulaciones establecido en el texto del componente 20 del PRTR, que asciende a 60
nuevas titulaciones.
En la tramitación de este real decreto se han cumplido los trámites establecidos en la
Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, y en la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Han sido consultadas las comunidades autónomas, ha emitido dictamen el Consejo
Escolar del Estado y han informado el Consejo General de la Formación Profesional y el
Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática.
Este real decreto se dicta al amparo de las competencias que atribuye al Estado el
artículo 149.1.30.ª de la Constitución Española, para la regulación de las condiciones de
obtención, expedición y homologación de los títulos académicos y profesionales y
normas básicas para el desarrollo del artículo 27 de la Constitución Española, a fin de
garantizar el cumplimiento de las obligaciones de los poderes públicos en esta materia.
En su virtud, a propuesta de la Ministra de Educación, Formación Profesional y
Deportes, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 22 de
octubre de 2024,
DISPONGO:
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1.

Objeto.

Este real decreto tiene por objeto el establecimiento del Curso de especialización de
Formación Profesional de Grado Medio en Floristería y arte floral con carácter oficial y
validez en todo el territorio nacional, así como de los aspectos básicos de su currículo.
CAPÍTULO II
Identificación del curso de especialización, perfil profesional y entorno profesional
del curso de especialización en el sector o sectores
Artículo 2.

Identificación.

a) Denominación: Floristería y arte floral.
b) Nivel: Formación Profesional de Grado Medio.
c) Duración: 600 horas.
d) Familia Profesional: Agraria (Únicamente a efectos de clasificación de las
enseñanzas de formación profesional).
e) Referente en la Clasificación Internacional Normalizada de la Educación: P-4.5.4.
f) Referencia del Marco Español de Cualificaciones para el aprendizaje
permanente: 4 C.

cve: BOE-A-2024-21707
Verificable en https://www.boe.es

El curso de especialización en Floristería y arte floral queda identificado para todo el
territorio nacional por los siguientes elementos: