III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Encomienda de gestión. (BOE-A-2024-21666)
Resolución de 18 de octubre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Acuerdo de encomienda de gestión de la Subsecretaría de Sanidad a la Subsecretaría de Hacienda, para la gestión de expedientes de responsabilidad patrimonial.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 255

Martes 22 de octubre de 2024

Sec. III. Pág. 135109

seguimiento, coordinación y gestión de procedimientos de responsabilidad patrimonial en
el ámbito de la Administración General del Estado y las Entidades de Derecho Público de
ella dependientes de la Secretaría General Técnica del Ministerio de Hacienda. Actuará
como secretario un funcionario de esta última unidad.
Quinto.
Correrán a cargo del Ministerio de Hacienda los gastos originados por la gestión
material objeto de la presente encomienda.
Sexto.

– En el tratamiento de los datos personales se actuará con confidencialidad,
guardando secreto profesional sobre los mismos y no serán comunicados a terceros
salvo en aquellos casos en que deba hacerse en estricto cumplimiento de la ley.
– Se asistirá al encomendante responsable del tratamiento a través de medidas
técnicas y organizativas apropiadas y siempre que sea posible, en su obligación de
responder a las solicitudes que tengan por objeto el ejercicio de los derechos de los
interesados establecidos en el capítulo III del Reglamento General de Protección de
Datos. En este sentido el interesado ejercerá sus derechos de protección de datos,
cuando procedan, en lo que respecta a las actividades de tratamiento realizadas en el
marco de esta encomienda dirigiéndose al responsable del tratamiento o a la Secretaría
General Técnica de Hacienda, de conformidad con los apartados 3 y 4 del artículo 12 de
la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y
garantía de los derechos digitales.
– Se asistirá al encomendante cuando proceda para garantizar el cumplimiento de
las obligaciones establecidas en los artículos 32 a 36 del RGPD, teniendo en cuenta la
naturaleza del tratamiento y la información a disposición del encargado.
– Corresponde a la Subsecretaría de Hacienda garantizar la aplicación de las
medidas de seguridad correspondientes, de las previstas en el Esquema Nacional de
Seguridad, al tratamiento de los datos personales derivados de la gestión material de la
tramitación de los expedientes de responsabilidad patrimonial que tiene encomendada,
de conformidad con en el artículo 32 del RGPD.
– En el caso de que se produzcan incidentes de seguridad que afecten al
adjudicatario o a los datos personales que trata, las partes se comprometen a informarse
mutuamente con la máxima celeridad posible con objeto de identificar si el incidente es
susceptible de comunicación a la Agencia Española de Protección de Datos y a las
personas concernidas, sin sobrepasar el límite de setenta y dos horas según establece
el RGPD en su artículo 33. A su vez, ambas partes se comprometen a colaborar para
resolver el incidente y poner los medios para que no se vuelvan a producir incidentes
similares.
Las partes fijarán interlocutores relativos a la seguridad de la información y la
protección de datos personales, que se encargarán de comunicar y coordinar el
tratamiento de los posibles incidentes de seguridad que se produzcan.

cve: BOE-A-2024-21666
Verificable en https://www.boe.es

La Subsecretaría de Hacienda tratará los datos personales en la gestión material de
la tramitación de los expedientes de responsabilidad patrimonial que tiene encomendada
de conformidad con las obligaciones y garantías establecidas en el Reglamento General
de Protección de Datos (RGPD) y a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
protección de datos y garantías de los derechos digitales, siendo la Secretaría General
Técnica la encargada del tratamiento. Las categorías de actividades de tratamiento a
realizar comprenden las relacionadas con los actos de trámite encomendados.
No está prevista la toma de decisiones automatizada ni la elaboración de perfiles de
los interesados.
El tratamiento de datos se llevará a cabo atendiendo a las siguientes indicaciones: