III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Comunitat Valenciana. Convenio. (BOE-A-2024-21670)
Resolución de 15 de octubre de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Servicio Público de Empleo Estatal, O.A., y la Universidad de Valencia, para el intercambio de información.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 255

Martes 22 de octubre de 2024

Sec. III. Pág. 135139

y que tiene personalidad jurídica propia y diferenciada y plena capacidad de obrar para el
cumplimiento de sus funciones, patrimonio, tesorería propia, así como autonomía de
gestión, rigiéndose por lo establecido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público.
El SEPE es el organismo autónomo de la Administración General del Estado al que
se le encomienda la ordenación, desarrollo y seguimiento de los programas y medidas
de la política de empleo, en el marco de lo establecido en el texto refundido de la Ley de
Empleo, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2015, de 23 de octubre.
Entre los servicios que presta el SEPE se encuentran la orientación e información
sobre empleo, autoempleo y mercado de trabajo, incentivos y medios disponibles para el
fomento de la contratación, el mantenimiento del empleo y el apoyo a iniciativas
emprendedoras, así como medidas para la mejora de su cualificación profesional,
también la información, reconocimiento y pago de las prestaciones y subsidios por
desempleo, impulsando y desarrollando su gestión por medios electrónicos.
Segundo.
Que la UVEG es una Entidad de Derecho Público que desarrolla actividades de
formación, investigación y desarrollo científico y tecnológico, interesada en colaborar con
los sectores socioeconómicos para asegurar uno de los fines de la formación y la
investigación, que es la innovación y la modernización del sistema productivo.
Tercero.
Que la Ley 17/2022 de 5 de septiembre por la que se modifica la Ley 14/2011 de 1
de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, establece un marco general para el
fomento y la coordinación de la investigación científica y técnica con el fin de contribuir al
desarrollo sostenible y al bienestar social mediante la generación y difusión del
conocimiento y la innovación. Constituyendo el marco de referencia para promover la
colaboración entre universidades, organismos públicos de investigación, empresas y
entorno socioeconómico en general, con el fin de dar una respuesta eficaz a las
exigencias del cambio social y tecnológico.
Cuarto.
Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 44 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público, sobre intercambio electrónico de datos en
entornos cerrados de comunicación, las partes comprendidas en un intercambio de datos
en una administración pública, deben garantizar la seguridad del entorno cerrado de
comunicaciones y la protección de los datos que se transmitan.
Quinto.

Sexto.
Que la suscripción del presente convenio mejora la eficiencia de la gestión pública,
facilita la utilización conjunta de medios y servicios públicos, y contribuye a la realización
de actividades de utilidad pública.

cve: BOE-A-2024-21670
Verificable en https://www.boe.es

Que la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
establece en su artículo 47.1 que son convenios los acuerdos con efectos jurídicos
adoptados por las Administraciones públicas, los organismos públicos y entidades de
derecho público vinculados o dependientes o las Universidades Públicas entre sí o con
sujetos de derecho privado para un fin común.