III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2024-21682)
Resolución de 14 de octubre de 2024, del Instituto Nacional de Estadística, por la que se publica la Adenda de prórroga al Convenio con el Servicio Madrileño de Salud, para la comprobación de la residencia que figura en la Base Padronal de las personas que constan de alta en el Sistema de Información Poblacional (Sip-Cibeles) como residentes habituales en la Comunidad de Madrid.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 255

Martes 22 de octubre de 2024

Sec. III. Pág. 135317

Ambas partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutua capacidad
para obligarse y convenir y
MANIFIESTAN
Primero.
Que el Instituto Nacional de Estadística y el Servicio Madrileño de Salud suscribieron,
con fecha 8 de octubre de 2020, un convenio cuyo objeto es establecer el marco general
de colaboración entre el referido Instituto y el Servicio Madrileño de Salud para la
comprobación periódica de la residencia de la Comunidad de Madrid de las personas
que constan de alta en Sip-Cibeles como empadronados. Dicho convenio no conlleva
obligaciones económicas para las partes.
Segundo.
Que dicho convenio se publicó mediante Resolución de 9 de octubre de 2020 del
Instituto Nacional de Estadística, en el «Boletín Oficial del Estado» de fecha 22 de
octubre de 2020, número 279.
Tercero.
Conforme a lo dispuesto en su cláusula sexta «El presente Convenio resultará eficaz
una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de
Cooperación del sector público estatal y publicado en el "Boletín Oficial del Estado" y
mantendrá su vigencia por un periodo de cuatro años, prorrogables por acuerdo de las
partes por un único periodo de igual duración. Transcurridos estos ocho años, en caso
de que se estime conveniente continuar con la colaboración, deberá suscribirse un
nuevo Convenio.».
Cuarto.
Estando prevista la extinción del citado convenio el próximo 22 de octubre de 2024 y
no existiendo razones o variables que hagan necesaria la suscripción de un nuevo
convenio, las partes acuerdan su prórroga conforme a lo indicado en el antecedente
anterior, a cuyo efecto
ACUERDAN
Primero.
Ambas partes acuerdan, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 h.2) de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y tal y como se
prevé en la estipulación sexta del convenio de fecha 8 de octubre de 2020 prorrogar el
mismo por un período de cuatro años hasta el 22 de octubre de 2028.

El resto de contenidos del Convenio de 8 de octubre de 2020 en materia Salud para
la comprobación periódica de la residencia de la Comunidad de Madrid de las personas
que constan de alta en Sip-Cibeles como empadronados mantienen su vigencia en la
totalidad de sus términos.
Tercero.
De acuerdo con lo establecido en artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público, la presente adenda de prórroga tendrá eficacia

cve: BOE-A-2024-21682
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Segundo.