III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES, CONSUMO Y AGENDA 2030. Voluntariado. (BOE-A-2024-21688)
Resolución de 11 de octubre de 2024, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, por la que se publica el Acuerdo del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, relativo al Congreso estatal del voluntariado del año 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 255

Martes 22 de octubre de 2024

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES, CONSUMO
Y AGENDA 2030
21688

Resolución de 11 de octubre de 2024, de la Secretaría de Estado de
Derechos Sociales, por la que se publica el Acuerdo del Consejo Territorial de
Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la
Dependencia, relativo al Congreso estatal del voluntariado del año 2024.

De conformidad con lo establecido en el artículo 17.5 del Reglamento interno del
Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la
Dependencia, aprobado por Resolución de 25 de febrero de 2019, de la entonces
Secretaría de Estado de Servicios Sociales (BOE núm. 58, de 8 de marzo), el Consejo
Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la
Dependencia aprobó, en su reunión ordinaria de 17 de junio de 2024, el Acuerdo relativo
al Congreso estatal del voluntariado del año 2024, que se publica como anexo a esta
resolución.
Madrid, 11 de octubre de 2024.–La Secretaria de Estado de Derechos Sociales,
María Rosa Martínez Rodríguez.
ANEXO
Acuerdo relativo al Congreso estatal del voluntariado del año 2024
Antecedentes

El voluntariado, concebido como forma de participación libre, organizada y solidaria
de la ciudadanía en la solución de los problemas que le afectan y en la correlativa
construcción de una sociedad mejor, ha captado la atención de diversas instituciones
públicas, internacionales y nacionales, en las últimas décadas.
Así, en el plano internacional, la Asamblea General de las Naciones Unidas ha
fomentado el voluntariado a través de sus decisiones. En la Resolución 40/212, de 17 de
diciembre de 1985, invitó a los Gobiernos de los Estados miembros a celebrar
anualmente, el 5 de diciembre, un Día Internacional de los Voluntarios por un Desarrollo
Económico y Social y les apremió a tomar medidas de sensibilización de la población
acerca de la relevante contribución del voluntariado. En la Resolución 52/17, de 20 de
noviembre de 1997, proclamó el año 2001 como Año Internacional de los Voluntarios.
Y en la Resolución 56/38, de 5 de diciembre de 2001, efectuó una serie de
recomendaciones sobre las maneras en que los Gobiernos y el sistema de las Naciones
Unidas podían apoyar el voluntariado y les exhortó a tenerlas debidamente en cuenta.
A nivel regional europeo, en su Recomendación sobre el trabajo voluntario en
actividades de bienestar social, de 13 de junio de 1985, el Comité de Ministros del
Consejo de Europa sugirió a los Estados miembros que reconociesen como uno de los
objetivos de su política social, bien la implantación de una protección social en beneficio
de los voluntarios para el desarrollo, bien la eliminación de las lagunas que existieran en
esta materia, y que tomasen, a tal efecto, las medidas que resultaran necesarias para
garantizar que los voluntarios y sus familias gozasen de un nivel de protección social
análogo al que disfrutaban las personas que ejercían una actividad equivalente en el
país de origen.

cve: BOE-A-2024-21688
Verificable en https://www.boe.es

Primero.