III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-21571)
Resolución de 9 de octubre de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se desestima la solicitud de Energía Inagotable de Suzaku, SL, de autorización administrativa previa del parque eólico Suzaku, de 42,2 MW de potencia instalada, y de su infraestructura de evacuación, en Trasobares (Zaragoza).
5 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 254

Lunes 21 de octubre de 2024

Sec. III. Pág. 134850

afectar a bienes y derechos a su cargo, así como a los organismos que deben presentar
informe conforme a la Ley 21/2013, de 9 de diciembre.
Con fecha 10 de octubre de 2022, se recibe el informe y el expediente de tramitación
del Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Aragón.
Cuarto.

Evaluación de impacto ambiental practicada.

Con fecha 27 de octubre de 2022 se remite a la Subdirección General de Evaluación
Ambiental (SGEA) dicho expediente para inicio del procedimiento de evaluación de
impacto ambiental ordinaria, según lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley 21/2013, de 9
de diciembre, de evaluación ambiental.
La Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental emite, con fecha 17 de
noviembre de 2023, resolución por la que formula declaración de impacto ambiental del
proyecto «Parques eólicos Suki, de 49,5 MW, Suzaku, de 42,2 MW, Son, de 49,5 MW,
Sirio, de 49,5 MW, Saya, de 49,5 MW, Ryu, de 49,5 MW, Sabik, de 49,5 MW y Sakura,
de 49,5 MW, y su infraestructura de evacuación, en la provincia de Zaragoza», publicada
en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 284, de 28 de noviembre de 2023.
Quinto.

Acuerdo de desacumulación de expedientes.

Habiéndose formulado la declaración de impacto ambiental del proyecto acumulado,
esta Dirección General de Política Energética y Minas acordó, con fecha 8 de septiembre
de 2024, la tramitación separada de los proyectos antes de la resolución definitiva por
separado de cada uno de ellos, quedando, por tanto, dicha acumulación sin efecto para
así resolverse separadamente todos los procedimientos relativos a los expedientes de
autorización administrativa previa de los parques eólicos de «Suki» de 49,5 MW, de
«Suzaku» de 42,2 MW, de «Son» de 49,5 MW, de «Sirio» de 49,5 MW, de «Saya»
de 49,5 MW, de «Ryu» de 49,5 MW, de «Sabik» de 49,5 MW y de «Sakura» de 49,5 MW,
y de sus infraestructuras de evacuación, ubicados en la provincia de Zaragoza.
En consecuencia, el procedimiento de autorización administrativa del proyecto de
parque eólico «Suzaku», de 42,2 MW de potencia instalada, y su infraestructura de
evacuación en la provincia de Zaragoza pasa a realizarse bajo el expediente con código
PEol-744.
Sexto.

Permisos de acceso y conexión.

El proyecto obtuvo, con fecha 29 de marzo de 2021, permiso de acceso y conexión a
la red de transporte en la subestación Jundiz 220 kV, propiedad de Red Eléctrica de
España, SAU.
Con fecha de 31 de julio de 2024 tiene entrada, en el Registro de este Ministerio para
la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, escrito de Red Eléctrica de España, SAU,
por el que se declara la caducidad del permiso de acceso, en aplicación de lo dispuesto
en el artículo 1 del Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban
medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica.
Trámite de audiencia.

Con fecha 12 de septiembre de 2024 se notifica el trámite de audiencia sobre la
propuesta de resolución por la que se desestima la solicitud de autorización
administrativa previa del proyecto, en el expediente PEol-744.
El promotor, con fecha 3 de octubre de 2024, responde al trámite de audiencia
solicitando «que el órgano competente acuerde la no ejecución de la garantía de acceso
y conexión depositada, y se autorice la retirada de la garantía actualmente depositada en
la Caja General de Depósitos (número de operación 2022-00373-O-0085540)
de 1.688.000 euros, por haberse emitido resolución que impide la construcción del
proyecto», y haciendo referencia a su escrito previo de fecha 9 de septiembre de 2024
en el que ya solicitó la no ejecución de la mencionada garantía.

cve: BOE-A-2024-21571
Verificable en https://www.boe.es

Séptimo.