III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Convenios. (BOE-A-2024-21553)
Resolución de 16 de octubre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y el Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por el que se aprueba el plan de actuación plurianual 2023-2026 del Centro de Referencia Nacional de Espectáculos en Vivo en el ámbito de la Formación Profesional.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 21 de octubre de 2024

Sec. III. Pág. 134729

productivo, las innovaciones tecnológicas y cualquier otra circunstancia que afecte al
entorno laboral de los estándares de influencia de su sector de influencia.
2. Participará activamente en el asesoramiento para la elaboración de estándares
de competencia: «Vídeo para el espectáculo en vivo» [Título provisional], «Suspensión
de cargas sobre escenografías [Título provisional]», etc.
3. Elevará al Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes cualquier
propuesta de actualización del Catálogo, en función de los cambios del sector productivo
que el CTE vaya detectando y de la revisión continua de los estándares de competencia
de su sector de influencia.
4. Elevará al Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes la solicitud
de desarrollo de certificados profesionales: «sonido para el espectáculo en vivo» así
como la revisión/publicación de los ya encargados.
5. Suscribirá nuevos convenios con los diferentes representantes del sector
profesional (empresas, instituciones, etc.) en base al catálogo de estándares de
competencia.
6. Ampliará y desarrollará posibles titulaciones emergentes de espectáculos en vivo
y estudiará las posibles acreditaciones de las nuevas titulaciones.
7. Propondrá la creación de los grados A y B.
8. Estudiará el desarrollo de algún tipo de acreditación para creativos sin titulación
debido a los muchos profesionales artísticos (músicos, actores, acróbatas, malabaristas…)
que desarrollan su actividad trabajando en diversos espacios (pequeños locales, vía
pública, etc.).
c) El Objetivo 3 dispone la necesidad de favorecer vínculos de colaboración con los
centros de formación profesional, así como con los interlocutores económicos y sociales
que forman parte del sector productivo de cada CRN. Para este objetivo, el CRN:
1. Suscribirá convenios con organismos, empresas y asociaciones profesionales
del sector.
2. Propondrá proyectos de colaboración entre el CRN y la red de centros de FP y el
tejido productivo.
d) El Objetivo 4 dispone la necesidad de diseñar y desarrollar acciones de
innovación, experimentación, desarrollo y mejora vinculadas al Sistema Formación
Profesional. Para este objetivo, el CRN:
1. Organizará jornadas, encuentros y coloquios, a nivel nacional e internacional,
entre los diferentes componentes del sector productivo con el objetivo de incluir nuevos
perfiles profesionales que surgen en el sector y no están recogidos en el CNEC, como,
por ejemplo:
a) Grupo de trabajo, reflexión y jornadas sobre las competencias profesionales del
diseñador de sonido como nuevo perfil profesional detectado en el mercado, en relación
del técnico de sonido, dentro del estándar de competencia de «Desarrollo de proyectos y
control de sonido en vivo y en instalaciones fijas».
b) Grupo de trabajo, reflexión y jornadas sobre las competencias profesionales
necesarias para el desarrollo de espectáculos en vivo que incluyan «sonido inmersivo»,
así como su implantación actual en la industria creciente.
2. Diseñará y desarrollará planes de formación dirigidos a la reactivación del mercado
nacional, así como su proyección internacional, en el ámbito de influencia del CRN.
3. Favorecerá iniciativas encaminadas a la innovación y experimentación en el
ámbito de la FP.

cve: BOE-A-2024-21553
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 254