II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL. Carrera Judicial. (BOE-A-2024-21522)
Acuerdo de 9 de octubre de 2024, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, por el que se convoca la provisión de la Presidencia de la Sala Cuarta del Tribunal Supremo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 254

Lunes 21 de octubre de 2024

Sec. II.B. Pág. 134607

La alegación de méritos de carácter científico en forma de publicaciones, se hará
precisando el nombre de autor o autores, el título de la publicación, la revista, obra
colectiva o monografía en la que conste, editorial, año de edición o publicación e
ISSN/ISBN, sin necesidad de aportar íntegra la publicación. En ningún caso se admitirán
libros, revistas o partes de los mismos en formato físico.
Las solicitudes que no aparezcan redactadas con claridad, carecerán de validez, al
igual que las modificaciones o desistimientos efectuados transcurrido el plazo anterior.
El desistimiento o modificación, en todo o parte, de las solicitudes está sujeta a las
mismas condiciones y plazos que los establecidos para la presentación de las mismas.
No se admitirá solicitud alguna presentada de forma diferente de la reseñada. De no
hacerse así, la solicitud, desistimiento o modificación carecerán de validez, salvo causa
debidamente justificada y previa autorización del Servicio de Personal Judicial.
Las dudas e incidencias sobre el procedimiento de solicitud podrán comunicarse a la
Sección de Calificación del Servicio de Personal Judicial del Consejo General del Poder
Judicial (tel. 91 700 61 64/62), y las incidencias técnicas relativas a la página y el uso del
formulario online ante el Centro de Atención al Usuario para la extranet (tel. 91 480 89 06).
Quinta. Méritos.
Para la provisión de la plaza anunciada serán objeto de ponderación los méritos
indicados en la base tercera.
Sexta. Comparecencia.
Las personas que opten a la plaza convocada que no resulten excluidas por
incumplimiento de los requisitos legales y/o reglamentarios serán convocadas por la
Comisión de Calificación a una comparecencia que se llevará a cabo en los términos
establecidos en la base cuarta.
Séptima. Criterios de ponderación.
Los criterios de ponderación de méritos que se tendrán en cuenta para llevar el cabo
el nombramiento serán los establecidos en la base sexta.
Octava.

Protección de datos.

Los datos obtenidos serán tratados de conformidad con las disposiciones contenidas
en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril
de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento
de datos personales y a la libre circulación de estos datos, y la Ley Orgánica 3/2018,
de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos
digitales, respecto de los cuales la persona aspirante podrá ejercer los derechos
previstos en los mismos.
Nombramiento.

La provisión de la plaza anunciada se efectuará por real decreto a propuesta del
Pleno del Consejo General del Poder Judicial. El real decreto de nombramiento se
publicará en el «Boletín Oficial del Estado», surtiendo la publicación los efectos de
notificación a las personas aspirantes a la plaza anunciada.
Décima.

Retirada de documentación.

Las personas aspirantes a la plaza no nombradas dispondrán de un plazo de seis
meses para retirar la documentación aportada, procediéndose a su destrucción en caso
de no efectuarlo.

cve: BOE-A-2024-21522
Verificable en https://www.boe.es

Novena.