V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA. (BOE-B-2024-37776)
Resolución de la Delegación Territorial en Sevilla de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas, por el que se concede a favor de la mercantil Parque Eólico Loma de los Pinos, S.L., Autorización Administrativa Previa y de Construcción así como la Declaración en concreto de Utilidad Pública para la implantación de la instalación de generación de energía eléctrica denominada "Planta Solar Fotovoltaica Loma de los Pinos Solar Fase I" (hibridación asociada al Parque Eólico Loma de los Pinos), línea subterránea media tensión y ampliación set loma de los pinos 132/30kv, en el término municipal de Lebrija (Sevilla).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 19 de octubre de 2024

Sec. V-B. Pág. 58576

• Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de
producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables,
cogeneración y residuos.
• Real Decreto 1183/2020, de 29 de diciembre, de acceso y conexión a las
redes de transporte y distribución de energía eléctrica.
• Instrucción 1/2022 de la Secretaría General de Energía de la Consejería de
Política Industrial y Energía y de la Dirección General de Sostenibilidad, Medio
Ambiente y Economía Azul, sobre tramitación coordinada de los procedimientos de
autorizaciones administrativas de las instalaciones de energía eléctrica,
competencia de la Comunidad Autónoma de Andalucía, que se encuentren
sometidas a Autorización Ambiental Unificada.
• Ley 7/2007, de 9 de julio de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental.
• Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio
de Andalucía.
• Decreto 356/2010, de 3 de agosto, por el que se regula la autorización
ambiental unificada, se establece el régimen de organización y funcionamiento del
registro de autorizaciones de actuaciones sometidas a los instrumentos de
prevención y control ambiental, de las actividades potencialmente contaminadoras
de la atmósfera y de las instalaciones que emiten compuestos orgánicos volátiles,
y se modifica el contenido del Anexo I de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión
Integrada de la Calidad Ambiental.
CUARTO. El artículo 57 de la Ley 39/2015, indica que: "El órgano
administrativo que inicie o tramite un procedimiento, cualquiera que haya sido la
forma de su iniciación, podrá disponer, de oficio o a instancia de parte, su
acumulación a otros con los que guarde identidad sustancial o íntima conexión,
siempre que sea el mismo órgano quien deba tramitar y resolver el procedimiento.
Contra el acuerdo de acumulación no procederá recurso alguno".
En virtud de lo cual se acuerda acumular los procedimientos administrativos
para la concesión de modificación de autorización administrativa previa y de
autorización administrativa de construcción, y declaración en concreto de utilidad
pública para la instalación de eléctrica de referencia.
QUINTO.- Se han cumplido los trámites reglamentarios establecidos en el
Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, en desarrollo de la Ley
24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico; en el Real Decreto 413/2014, de
6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a
partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos; en el Decreto-ley
26/2021, de 14 de diciembre, por el que se adoptan medidas de simplificación
administrativa y mejora de la calidad regulatoria para la reactivación económica en
Andalucía; y en la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad
Ambiental.
El artículo 21.5 de la Ley 24/2013 establece que: "Formarán parte de la
instalación de producción sus infraestructuras de evacuación, que incluyen la
conexión con la red de transporte o de distribución, y en su caso, la transformación
de energía eléctrica".
La Ley del Sector Eléctrico, determina que la construcción, puesta en

cve: BOE-B-2024-37776
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 253