III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Convenios. (BOE-A-2024-21476)
Resolución 420/38412/2024, de 11 de octubre, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Confederación Nacional de Asociaciones de Empresas Instaladoras y Mantenedoras de Energía y Fluidos, para la realización de acciones conjuntas que impulsen la incorporación al ámbito laboral civil de personal militar y de los reservistas de especial disponibilidad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 253

Sábado 19 de octubre de 2024

Sec. III. Pág. 134429

Actuando las partes en el ejercicio de sus respectivos cargos y en el de las
facultades y atribuciones que por ello tienen concedidas, se reconocen mutua y
recíprocamente la capacidad y legitimación para obligarse y convenir y, a tal efecto,
EXPONEN
Primero.
Que el artículo 32.3 de la Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio, de derechos y deberes
de los miembros de las Fuerzas Armadas, dispone que se ofrecerán a los miembros de
las Fuerzas Armadas programas de incorporación a otros ámbitos laborales acordes con
su empleo, titulaciones, años de servicio e intereses profesionales. Dichos programas se
implantarán por el Ministerio de Defensa en colaboración con las distintas
Administraciones Públicas y con el sector privado, y se desarrollarán durante la vida
activa del militar.
Segundo.
Que el artículo 118.6 de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar,
determina que el Ministerio de Defensa gestionará y convendrá con instituciones
públicas y entidades privadas acciones orientadas a la incorporación laboral de los
militares de complemento y de los militares de tropa y marinería.
Tercero.
Que conforme al artículo 16 de la Ley 8/2006, de 24 de abril, de Tropa y Marinería,
las Fuerzas Armadas deben garantizar que los militares profesionales de tropa y
marinería puedan adquirir, actualizar o ampliar sus conocimientos para un mayor
desarrollo personal y profesional.
Que asimismo, el artículo 21 de la citada Ley 8/2006, de 24 de abril, prevé el
establecimiento de medidas de incorporación laboral para los militares profesionales de
tropa y marinería, durante su permanencia en el servicio activo, al objeto de facilitarles
los medios necesarios de orientación, impulso y apoyo para su plena incorporación al
mundo laboral, al término de su compromiso con las Fuerzas Armadas. Con este
propósito se desplegarán acciones de formación ocupacional que complementen los
perfiles profesionales que faciliten su acceso al empleo. Se desarrollarán programas de
autoempleo y medidas de apoyo a la viabilidad de estas iniciativas.
Cuarto.

– Dirigir, coordinar e impulsar las actuaciones de la Estrategia Integral de Desarrollo
Profesional para personal militar del Departamento.
– Implementar el Plan de Acción Individual para el Desarrollo Profesional dirigido a
los militares profesionales de tropa y marinería y a los reservistas de especial
disponibilidad, así como coordinar la planificación y dirigir la ejecución de los programas
de actuación de la Estrategia Integral de Desarrollo Profesional.
– Promover e impulsar los programas de formación de apoyo que complementen la
formación del personal militar.
– Gestionar las oportunidades profesionales del personal militar y de los reservistas
de especial disponibilidad en situación de desempleo.

cve: BOE-A-2024-21476
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Que el artículo 11 del Real Decreto 205/2024, de 27 de febrero, por el que se
desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Defensa, atribuye, entre otras, a
la Dirección General de Reclutamiento y Enseñanza Militar y, dependiente de ella, a la
Subdirección General de Reclutamiento y Desarrollo Profesional de Personal Militar y
Reservistas de Especial Disponibilidad las siguientes funciones: