II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DEL INTERIOR. Cuerpo de Enfermeros de Instituciones Penitenciarias. (BOE-A-2024-21226)
Resolución de 9 de octubre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Enfermeros de Instituciones Penitenciarias.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 17 de octubre de 2024
Sec. II.B. Pág. 133207
Si aplicados estos tres criterios continuara el empate, se atenderá al orden alfabético
de actuación mencionado en la base específica 8.1.
Las personas aspirantes que tengan la condición de funcionarios y funcionarias de
Organismos Internacionales estarán exentas de la realización de aquellos ejercicios que
la Comisión Permanente de Homologación considere que tienen por objeto acreditar
conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo
Internacional correspondiente.
Se adoptarán las medidas precisas para que las personas aspirantes con
discapacidad gocen de similares condiciones que el resto de las personas aspirantes en
la realización de los ejercicios. En este sentido, para las personas con discapacidad que
así lo hagan constar en su solicitud, se establecerán las adaptaciones posibles en
tiempos y medios para su realización.
B. Periodo de prácticas
El periodo de prácticas tendrá una duración total inferior a nueve meses y se regulará
por Resolución del Secretario General de Instituciones Penitenciarias en la que se fijará
el órgano encargado de efectuar la evaluación, duración de las fases, programa, en el
que se incluirá un módulo en materia de igualdad entre mujeres y hombres, y otro en
materia de violencia de género, materias objeto de evaluación y determinación de los
Centros Penitenciarios en que se desarrollarán las prácticas.
El Periodo de Prácticas constará de las dos siguientes fases:
1.ª Fase: Formativa. Consistirá en la impartición de un curso formativo, que se
podrá impartir en una o en varias sedes y de manera que podrá ser presencial, por
videoconferencia o de forma mixta. Las decisiones que se adopten serán comunicadas a
las personas aspirantes seleccionadas con la antelación suficiente. Esta fase formativa
versará sobre las materias propias de la función asignada a los funcionarios y
funcionarias del Cuerpo de Enfermeros de Instituciones Penitenciarias.
Esta fase será calificada con «Apto/Apta» o «No Apto/No Apta», siendo necesario
obtener la calificación de «Apto/Apta», para poder acceder a la segunda fase del período
de prácticas.
Las sesiones de este periodo son de carácter obligatorio, y para obtener la
calificación de «Apto/Apta» será requisito imprescindible que la persona aspirante haya
realizado, al menos, el 80 por ciento del total de las jornadas lectivas de esta primera
fase, con independencia de las causas que hayan motivado la ausencia.
2.ª Fase: Realización de prácticas en Centros Penitenciarios. Esta segunda fase
del periodo de prácticas será calificada de «Apto/Apta» o «No Apto/No Apta», siendo
necesario obtener la calificación de «Apto/Apta» para superar esta fase y el período de
prácticas completo. Las asistencias en este periodo son de carácter obligatorio, y para
obtener la calificación de «Apto/Apta» será requisito imprescindible que la persona
aspirante haya realizado, al menos, el 80 por ciento del total de las jornadas lectivas de
esta segunda fase, con independencia de las causas que hayan motivado la ausencia.
Los Centros elevarán propuesta de calificación al órgano encargado de efectuar la
evaluación. Una vez superado, las personas aspirantes permanecerán en los Centros
Penitenciarios desempeñando todas las funciones inherentes al Cuerpo de Enfermeros
de Instituciones Penitenciarias hasta la publicación de su nombramiento como
funcionarios o funcionarias de carrera en el «Boletín Oficial del Estado».
La no incorporación para la realización de la fase formativa o de la fase de prácticas
en Centros Penitenciarios, en la fecha y hora indicadas, llevará aparejada la exclusión
del proceso y la pérdida de todos los derechos y expectativas de derechos nacidos de la
superación de la fase de oposición.
cve: BOE-A-2024-21226
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 251
Jueves 17 de octubre de 2024
Sec. II.B. Pág. 133207
Si aplicados estos tres criterios continuara el empate, se atenderá al orden alfabético
de actuación mencionado en la base específica 8.1.
Las personas aspirantes que tengan la condición de funcionarios y funcionarias de
Organismos Internacionales estarán exentas de la realización de aquellos ejercicios que
la Comisión Permanente de Homologación considere que tienen por objeto acreditar
conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo
Internacional correspondiente.
Se adoptarán las medidas precisas para que las personas aspirantes con
discapacidad gocen de similares condiciones que el resto de las personas aspirantes en
la realización de los ejercicios. En este sentido, para las personas con discapacidad que
así lo hagan constar en su solicitud, se establecerán las adaptaciones posibles en
tiempos y medios para su realización.
B. Periodo de prácticas
El periodo de prácticas tendrá una duración total inferior a nueve meses y se regulará
por Resolución del Secretario General de Instituciones Penitenciarias en la que se fijará
el órgano encargado de efectuar la evaluación, duración de las fases, programa, en el
que se incluirá un módulo en materia de igualdad entre mujeres y hombres, y otro en
materia de violencia de género, materias objeto de evaluación y determinación de los
Centros Penitenciarios en que se desarrollarán las prácticas.
El Periodo de Prácticas constará de las dos siguientes fases:
1.ª Fase: Formativa. Consistirá en la impartición de un curso formativo, que se
podrá impartir en una o en varias sedes y de manera que podrá ser presencial, por
videoconferencia o de forma mixta. Las decisiones que se adopten serán comunicadas a
las personas aspirantes seleccionadas con la antelación suficiente. Esta fase formativa
versará sobre las materias propias de la función asignada a los funcionarios y
funcionarias del Cuerpo de Enfermeros de Instituciones Penitenciarias.
Esta fase será calificada con «Apto/Apta» o «No Apto/No Apta», siendo necesario
obtener la calificación de «Apto/Apta», para poder acceder a la segunda fase del período
de prácticas.
Las sesiones de este periodo son de carácter obligatorio, y para obtener la
calificación de «Apto/Apta» será requisito imprescindible que la persona aspirante haya
realizado, al menos, el 80 por ciento del total de las jornadas lectivas de esta primera
fase, con independencia de las causas que hayan motivado la ausencia.
2.ª Fase: Realización de prácticas en Centros Penitenciarios. Esta segunda fase
del periodo de prácticas será calificada de «Apto/Apta» o «No Apto/No Apta», siendo
necesario obtener la calificación de «Apto/Apta» para superar esta fase y el período de
prácticas completo. Las asistencias en este periodo son de carácter obligatorio, y para
obtener la calificación de «Apto/Apta» será requisito imprescindible que la persona
aspirante haya realizado, al menos, el 80 por ciento del total de las jornadas lectivas de
esta segunda fase, con independencia de las causas que hayan motivado la ausencia.
Los Centros elevarán propuesta de calificación al órgano encargado de efectuar la
evaluación. Una vez superado, las personas aspirantes permanecerán en los Centros
Penitenciarios desempeñando todas las funciones inherentes al Cuerpo de Enfermeros
de Instituciones Penitenciarias hasta la publicación de su nombramiento como
funcionarios o funcionarias de carrera en el «Boletín Oficial del Estado».
La no incorporación para la realización de la fase formativa o de la fase de prácticas
en Centros Penitenciarios, en la fecha y hora indicadas, llevará aparejada la exclusión
del proceso y la pérdida de todos los derechos y expectativas de derechos nacidos de la
superación de la fase de oposición.
cve: BOE-A-2024-21226
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 251