III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. Convenios. (BOE-A-2024-21299)
Resolución de 26 de agosto de 2024, de la Autoridad Portuaria de Las Palmas, por la que se publica la Adenda de prórroga del Convenio con la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Lanzarote y la Graciosa, para la gestión conjunta del Puesto de Inspección Aduanera y el Recinto Aduanero Habilitado del Puerto de Arrecife.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 251

Jueves 17 de octubre de 2024

Sec. III. Pág. 133430

de abril, Básica de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de
España y el artículo 15.1 de la Ley 10/2019, de 25 de abril, de Cámaras Oficiales de
Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Canarias.
Los intervinientes que actúan en razón de sus respectivos cargos, se reconocen
mutua y recíprocamente, la capacidad legal necesaria para obligarse y;
EXPONEN
I. Que las partes suscribieron el 29 de septiembre de 2020 un convenio cuyo objeto
es establecer el marco de colaboración y coordinación entre la APLP y la Cámara de
Comercio de Lanzarote para la gestión conjunta de las instalaciones del Puesto de
Inspección Fronterizo (PIF) y del Recinto Aduanero Habilitado (RAH) del Puerto de
Arrecife, dada la confluencia de intereses y objetivos comunes de las partes
intervinientes y con la finalidad de mejorar la gestión pública y contribuir a la realización
de actividades de utilidad pública, compartiendo los medios y recursos disponibles.
El convenio entró en vigor el 20 de octubre de 2020, con su publicación en el
«Boletín Oficial del Estado», además de su inscripción en el Registro Electrónico Estatal
de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal.
II. Que de conformidad con lo establecido en la cláusula séptima, el convenio tiene
una vigencia de cuatro años, por tanto vencerá el próximo 20 de octubre de 2024,
pudiendo prorrogarse por un periodo de hasta cuatro años adicionales, mediante
acuerdo expreso de las partes.
III. Que las partes consideran adecuado prorrogar su periodo de vigencia con el fin
de proseguir la colaboración establecida dados los buenos resultados obtenidos y la
importancia de estas instalaciones.
ACUERDAN
Primero.
Prorrogar cuatro (4) años el convenio suscrito entre las partes con fecha 29 de
septiembre de 2020 para la gestión conjunta de las instalaciones del Puesto de
Inspección Fronterizo (PIF) y del Recinto Aduanero Habilitado (RAH) del puerto de
Arrecife.
Segundo.
La presente prórroga tendrá una vigencia de cuatro (4) años, según lo establecido en
la cláusula octava del convenio objeto de prórroga.

La colaboración entre las partes se realizará bajo las mismas condiciones
estipuladas en el convenio que se prorroga en todos sus apartados.
De acuerdo con la cláusula quinta del convenio, esta adenda comporta obligaciones
económicas. Cada parte asumirá los costes que le corresponda derivados de las
obligaciones adquiridas en el convenio.
El gasto anual estimado en que incurrirá cada una de las partes es el siguiente:
– Autoridad Portuaria: 12.000 euros, existiendo crédito suficiente según presupuesto
aprobado, para atender dicho compromiso.
– Cámara de Comercio: 12.000 euros

cve: BOE-A-2024-21299
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Tercero.